Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11049)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Miranda de Ebro, para regular las condiciones de ejecución de las conexiones del paso inferior ejecutado con la carretera N-I, con la carretera de Orón y con la calle Alondra (zona urbana) para la clausura del paso a nivel del barrio El Crucero, así como las acciones necesarias que permitan poner en funcionamiento la pasarela peatonal ejecutada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72784
estudios y Proyectos, reservándose en todo caso la decisión final sobre los
mismos.
La representación del Ayuntamiento presidirá la Comisión de Seguimiento de
convenio.
El régimen de funcionamiento de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o
legislación que en adelante le sustituya.»
Cuarta.
Eficacia de la presente adenda de Prorroga y de Modificación.
La presente adenda de Prórroga y de modificación se perfeccionará con su
suscripción, adquiriendo la misma plena validez y eficacia desde el momento de su
inscripción, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, debiendo asimismo ser publicado, en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación
facultativa en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma; todo ello de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-11049
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad se firma el presente documento.–Por el Ayuntamiento de
Miranda de Ebro, la Alcaldesa, Aitana Hernando Ruiz.–Por la E.P.E. ADIF, el Presidente,
Luis Pedro Marco de la Peña.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72784
estudios y Proyectos, reservándose en todo caso la decisión final sobre los
mismos.
La representación del Ayuntamiento presidirá la Comisión de Seguimiento de
convenio.
El régimen de funcionamiento de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o
legislación que en adelante le sustituya.»
Cuarta.
Eficacia de la presente adenda de Prorroga y de Modificación.
La presente adenda de Prórroga y de modificación se perfeccionará con su
suscripción, adquiriendo la misma plena validez y eficacia desde el momento de su
inscripción, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, debiendo asimismo ser publicado, en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización, en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación
facultativa en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma; todo ello de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
cve: BOE-A-2025-11049
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad se firma el presente documento.–Por el Ayuntamiento de
Miranda de Ebro, la Alcaldesa, Aitana Hernando Ruiz.–Por la E.P.E. ADIF, el Presidente,
Luis Pedro Marco de la Peña.
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