Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11049)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Miranda de Ebro, para regular las condiciones de ejecución de las conexiones del paso inferior ejecutado con la carretera N-I, con la carretera de Orón y con la calle Alondra (zona urbana) para la clausura del paso a nivel del barrio El Crucero, así como las acciones necesarias que permitan poner en funcionamiento la pasarela peatonal ejecutada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 72783

Oeste será asumida por el Ayuntamiento de Miranda de Ebro hasta un límite
máximo de 98.000 euros.
La financiación del enlace inferior con la Carretera de Orón/Calle Alondra, cuyo
valor estimado es de 302.000 IVA incluido, será asumida por el Ayuntamiento de
Miranda de Ebro.
Organismo

ADIF.
Ayuntamiento de Miranda.
Total.

Totales

Euros

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

2026

Euros

4.469.116,00

0,00

123.260,67

3.530.648,45

450.601,86

182.302,51

182.302,51

400.000,00

0,00

0,00

400.000,00

0,00

0,00

0,00

4.869.116,00

0,00

123.260,67

3.930.648,45

450.601,86

182.302,51

182.302,51

Nota: Cantidades con IVA.»

Tercera. Modificación de la cláusula sexta, relativa a Seguimiento y gestión del
convenio.
Se modifica la cláusula sexta. Seguimiento y gestión del convenio, quedando
redactada como sigue:
«Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes,
así como por la correcta ejecución de las actuaciones recogidas en el mismo, se
creará una Comisión de Seguimiento formada por dos representantes a designar
por parte del Ayuntamiento de Miranda de Ebro y dos representantes de ADIF a
designar por la Dirección General de Operaciones y Explotación.
La mencionada Comisión asumirá las siguientes funciones:

Los miembros de la Comisión, o las personas que deleguen, se reunirán como
mínimo, semestralmente, cuando lo requieran los asuntos a tratar o cuando lo
solicite alguna de las partes, adoptándose los acuerdos que procedan por
unanimidad de sus miembros.
A dicha Comisión, o las personas a incorporar, por acuerdo de las partes,
técnicos del Ayuntamiento de Miranda de Ebro y de ADIF cuya presencia se
considere conveniente para el cumplimiento de las funciones que la Comisión
tiene encomendadas.
La Comisión de Seguimiento podrá delegar en una Subcomisión Técnica
designada al efecto, el estudio de los aspectos técnicos pertinentes de los

cve: BOE-A-2025-11049
Verificable en https://www.boe.es

a) Llevar a Cabo el seguimiento de las actuaciones incluidas en el presente
convenio.
b) Informar del contenido de los estudios y Proyectos que desarrollen las
actuaciones del convenio.
c) Promover la coordinación necesaria para la realización de estudios,
desarrollando cuantas acciones se estimen necesarias y oportunas para la
consecución de los objetivos del convenio.
d) Velar por el cumplimiento de los plazos que se fijen.
e) Resolver las cuestiones que se susciten en la interpretación del presente
convenio.
f) Informar a las partes de los retrasos e incidencia que se puedan presentar
durante la ejecución del convenio.
g) Aprobar los reajustes de anualidades en función de la evolución de la
ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el convenio, siempre
que estos reajustes no supongan un incremento económico del global de la
aportación ni del plazo de este.