Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11055)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Regeneración de playa entre la playa de Venus y Punta El Ancón en el término municipal de Marbella (Málaga)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 72830

en cuenta y llevados a cabo, una vez adjudicadas las obras. Estas condiciones se
recogen en el condicionado de la presente resolución.
B.7

Paisaje.

El EsIA indica que la alteración del paisaje costero se producirá desde el inicio de las
obras con su ocupación, la introducción de nuevos elementos de artificialización
(coronación de los diques), la modificación de la anchura de la playa y la presencia del
volumen de residuos generados. En las zonas de obtención de la arena y escollera se
producirá un impacto paisajístico significativo debido a la modificación en la topografía.
En todo caso, propone medidas para una mejor integración de la obra, entre las que se
destacan: Limitar la ocupación temporal y definitiva de las zonas litorales a lo
especificado en el proyecto; medidas relacionadas con la adecuada gestión de residuo;
situar adecuadamente los acopios y parque de vehículos y limpiar diariamente las zonas
ocupadas y de trabajo; al finalizar las obras, retirar todos los materiales sobrantes,
instalaciones auxiliares y materiales inútiles y rehabilitar las superficies destinadas a la
acumulación y deposición de los materiales de obra.
En fase de explotación, el EsIA considera que el impacto sobre el paisaje será
positivo por el paso de una zona erosionada a una playa amplia con arena suficiente.
Asimismo, indica que los diques tienen una baja cota de coronación y que en el tramo
costero existen estructuras similares.
B.8

Patrimonio cultural.

El EsIA destaca que, según las fuentes consultadas, en el tramo costero objeto de
actuación no se localiza ningún bien de interés cultural. Los más próximos son Torre
Ancón fuera de la playa seca, el recinto amurallado de Marbella, el Fuerte de San Luis y
el Hospital Bazán, todo ellos fuera del alcance de la actuación. El EsIA no valora el
posible impacto en las zonas de extracción, aunque contempla el control del hallazgo de
restos arqueológicos y el seguimiento de la extracción y vertido del material.
La Delegación Territorial de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico en
Málaga de la Junta de Andalucía confirma que no existe localización conocida de interés
arqueológico en el ámbito de la regeneración. Señala la necesidad de comunicar a esa
Delegación Territorial cualquier modificación para tomar, si es necesario, otras medidas
cautelares de cara a la protección del patrimonio arqueológico, así como la comunicación
de cualquier hallazgo casual. Asimismo, propone que la Demarcación de Costas
Andalucía Mediterráneo Málaga solicite informe al Centro de Arqueología Subacuática
del Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico, para valoración del impacto de los diques
en la dinámica marina. El promotor responde que, antes del comienzo de las obras y
durante la ejecución, realizará las acciones cautelares indicadas por la Consejería de
Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía.
Salud humana y población.

El EsIA indica que durante la construcción se alterará la calidad atmosférica y
acústica debido a la emisión de polvo y contaminantes y a la generación de ruido y
vibraciones derivadas del uso de maquinaria. Además, se verá interrumpido el uso
recreativo de la playa y el transporte de materiales generará molestias a la población.
Para minimizar estos efectos, el EsIA prevé, entre otras medidas, el control del nivel
de partículas en suspensión y de los niveles de ruido generados, el control del
mantenimiento de la maquinaria utilizada en las actuaciones, regular tanto el horario
como la frecuencia máxima de paso de los camiones destinados al transporte de
materiales y reducir, en lo posible, el plazo de ejecución, respetando la temporada de
baño. En fase de explotación, valora positivamente la ampliación de la superficie de la
playa seca, por el incremento que supone del uso del litoral para actividades recreativas
y de ocio.

cve: BOE-A-2025-11055
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