Ministerio de CulturaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-20600)
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura, de 29 de mayo de 2025, por la que se convocan ayudas en concurrencia competitiva para proyectos de cooperación cultural en el medio rural
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. V-B. Pág. 31250

concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos (BOE
número 275, del 13 de noviembre de 2010).
Cuarto.- Cuantía.
La financiación de las subvenciones previstas en esta Orden se efectuará con
cargo a las aplicaciones presupuestarias 24.04.334A.470 "Ayudas a empresas
privadas para proyectos de cooperación cultural en el medio rural", con hasta
250.000 euros, y 24.04.334A.486 "Ayudas a familias e instituciones sin ánimo de
lucro para proyectos de cooperación cultural en el medio rural", con hasta 430.000
euros, del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para 2025, siendo la
cuantía total máxima 680.000 euros.
La cuantía total máxima a conceder a cada agrupación beneficiaria será de
120.000 euros. Dicha cantidad no podrá suponer más del 80% del coste total del
proyecto.
Quinto.- Plazo de presentación y solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles a partir del día
siguiente a la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado», en el
registro electrónico del Ministerio de Cultura, a través de su sede electrónica
(https://cultura.sede.gob.es/), de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de
1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula
el Registro electrónico del Ministerio de Cultura.
En el caso de que la solicitud sea presentada por una persona física, podrá
hacerlo por medios no electrónicos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14.1 de
la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sexto.- Requisitos de los proyectos.
Se podrá solicitar ayudas dentro de esta convocatoria para proyectos culturales
que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser realizados de manera colaborativa por empresas y/o entidades sin
ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una actividad
profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos,
procedentes de al menos tres comunidades autónomas diferentes. Para valorar la
procedencia se tomará en consideración la sede social de cada una de las
entidades.
- Ser realizados en el medio rural, entendiendo por tal:

En todo caso, los municipios de población inferior a los 5.000 habitantes, con
independencia de su densidad poblacional.
- Podrán concurrir entidades que no tengan su sede en el medio rural así
definido siempre que el proyecto se desarrolle en municipios comprendidos en el
apartado anterior.

cve: BOE-B-2025-20600
Verificable en https://www.boe.es

Los municipios que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una
densidad inferior a los 100 habitantes por km2, según la establecido en la Ley 45/
2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural,