Ministerio de CulturaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-20600)
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura, de 29 de mayo de 2025, por la que se convocan ayudas en concurrencia competitiva para proyectos de cooperación cultural en el medio rural
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. V-B. Pág. 31249
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA
20600
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura, de 29
de mayo de 2025, por la que se convocan ayudas en concurrencia
competitiva para proyectos de cooperación cultural en el medio rural
BDNS(Identif.):836669
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
836669)
Primero.- Beneficiarios.
Las ayudas objeto de esta convocatoria están dirigidas a personas jurídicas
privadas, con o sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una
actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos, que se comprometan llevar a cabo los proyectos y actividades de
manera colaborativa, actuando en agrupación de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 2.2.b) de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de
concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos.
Las personas y entidades participantes en la agrupación, tengan o no ánimo de
lucro, deberán tener residencia fiscal en España, y encontrarse legalmente
constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro, deberán tener la
condición de microempresa o pequeña empresa, de acuerdo con la definición que
prevé el artículo 2 del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado.
Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos,
las empresas públicas y otros entes públicos, así como las agrupaciones de interés
económico (A.I.E.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.).
Segundo.- Objeto.
Los proyectos deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de
diciembre de 2026.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de
cve: BOE-B-2025-20600
Verificable en https://www.boe.es
Las ayudas tienen como finalidad la realización de proyectos de cooperación
cultural en zonas rurales, que favorezcan la innovación colaborativa y la creación
de alianzas, y supongan una contribución relevante y significativa al desarrollo del
ecosistema cultural territorial, facilitando asimismo la participación ciudadana.
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. V-B. Pág. 31249
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20600
Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura, de 29
de mayo de 2025, por la que se convocan ayudas en concurrencia
competitiva para proyectos de cooperación cultural en el medio rural
BDNS(Identif.):836669
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
836669)
Primero.- Beneficiarios.
Las ayudas objeto de esta convocatoria están dirigidas a personas jurídicas
privadas, con o sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una
actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos, que se comprometan llevar a cabo los proyectos y actividades de
manera colaborativa, actuando en agrupación de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 2.2.b) de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de
concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos.
Las personas y entidades participantes en la agrupación, tengan o no ánimo de
lucro, deberán tener residencia fiscal en España, y encontrarse legalmente
constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro, deberán tener la
condición de microempresa o pequeña empresa, de acuerdo con la definición que
prevé el artículo 2 del Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión,
de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas
compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del
Tratado.
Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos,
las empresas públicas y otros entes públicos, así como las agrupaciones de interés
económico (A.I.E.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.).
Segundo.- Objeto.
Los proyectos deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de
diciembre de 2026.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de
cve: BOE-B-2025-20600
Verificable en https://www.boe.es
Las ayudas tienen como finalidad la realización de proyectos de cooperación
cultural en zonas rurales, que favorezcan la innovación colaborativa y la creación
de alianzas, y supongan una contribución relevante y significativa al desarrollo del
ecosistema cultural territorial, facilitando asimismo la participación ciudadana.