Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-10945)
Resolución 420/38251/2025, de 27 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas tuteladas en unidades del Ejército de Tierra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71761
5. Seguros y accidentes: considerando que el programa de cooperación referido en
este convenio es un periodo comprendido dentro de las actividades propias del alumno
en la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), cualquier accidente que pueda ocurrir,
tanto dentro como fuera de la unidad, correrá a cargo del seguro escolar y, en el caso de
alumnos no cubiertos por este, por un seguro de riesgos personales y/o accidentes
individuales a suscribir por ellos mismos, cuya suscripción debe ser facilitada por la
UPM, eximiendo al Ministerio de Defensa de toda responsabilidad.
Segundo.
Régimen interior.
cve: BOE-A-2025-10945
Verificable en https://www.boe.es
1. Tarjetas de identificación: les será suministrada a los alumnos una tarjeta de
identificación similar a la del personal que presta sus servicios en la unidad. Esta,
además de llevar la fotografía del alumno, especificará las zonas en las que les está
permitido el acceso.
Dicha tarjeta será devuelta a los servicios de seguridad al finalizar el periodo de
prácticas.
2. Horario: el horario de prácticas se ajustará al horario habitual de trabajo del
personal destinado en la unidad.
3. Normas de régimen interior: al igual que en cualquier otra organización, las
unidades del Ejército de Tierra, pertenecientes al Ministerio de Defensa, se rigen por una
normativa cuyo cumplimiento garantiza el respeto a las personas y a los medios
materiales, facilitando la convivencia. Dicha normativa es de obligado cumplimiento,
haciéndose extensible al alumnado durante su permanencia en las mismas.
El Ejército de Tierra se compromete a informar a los alumnos de las normas de
régimen interior propias de la institución militar, cuya inobservancia por parte de algún
alumno podrá dar lugar a la finalización de sus prácticas, previa audiencia del interesado
y del representante que corresponda de la UPM.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71761
5. Seguros y accidentes: considerando que el programa de cooperación referido en
este convenio es un periodo comprendido dentro de las actividades propias del alumno
en la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), cualquier accidente que pueda ocurrir,
tanto dentro como fuera de la unidad, correrá a cargo del seguro escolar y, en el caso de
alumnos no cubiertos por este, por un seguro de riesgos personales y/o accidentes
individuales a suscribir por ellos mismos, cuya suscripción debe ser facilitada por la
UPM, eximiendo al Ministerio de Defensa de toda responsabilidad.
Segundo.
Régimen interior.
cve: BOE-A-2025-10945
Verificable en https://www.boe.es
1. Tarjetas de identificación: les será suministrada a los alumnos una tarjeta de
identificación similar a la del personal que presta sus servicios en la unidad. Esta,
además de llevar la fotografía del alumno, especificará las zonas en las que les está
permitido el acceso.
Dicha tarjeta será devuelta a los servicios de seguridad al finalizar el periodo de
prácticas.
2. Horario: el horario de prácticas se ajustará al horario habitual de trabajo del
personal destinado en la unidad.
3. Normas de régimen interior: al igual que en cualquier otra organización, las
unidades del Ejército de Tierra, pertenecientes al Ministerio de Defensa, se rigen por una
normativa cuyo cumplimiento garantiza el respeto a las personas y a los medios
materiales, facilitando la convivencia. Dicha normativa es de obligado cumplimiento,
haciéndose extensible al alumnado durante su permanencia en las mismas.
El Ejército de Tierra se compromete a informar a los alumnos de las normas de
régimen interior propias de la institución militar, cuya inobservancia por parte de algún
alumno podrá dar lugar a la finalización de sus prácticas, previa audiencia del interesado
y del representante que corresponda de la UPM.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X