Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10994)
Resolución de 22 de mayo de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Cultural Plaza Porticada, para la organización conjunta de actividades académicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 72095

experiencias y conocimientos y a generar foro de debate), o talleres (enfoque
eminentemente práctico).
Podrán tener una duración entre una y cinco jornadas.
Temática:
Estará comprendida en las áreas de interés común a ambas partes, que se indican a
continuación: iniciativas de naturaleza cultural, ambiental, social, científica, tecnológica,
educativa, deportiva, empresarial, defensa del patrimonio y relaciones internacionales de
Cantabria, ya sean históricas, sociales, económicas o culturales, especialmente con
Iberoamérica.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, económico y organizativo
según las especificaciones de este convenio para llevar a cabo el diseño, organización,
divulgación y desarrollo de las actividades a realizar, y con el objetivo común de
garantizar los niveles adecuados de excelencia académica, prestigio profesional y
solvencia organizativa.
Quedan fuera del presente convenio los cursos de la UIMP en los que la Asociación
Cultural Plaza Porticada pueda participar como consecuencia de sus propios acuerdos
con terceras entidades, pero que no sean una propuesta directa de la Asociación a la
UIMP.
Segunda. Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Se constituye una comisión de seguimiento del convenio, que estará compuesta por
dos miembros en representación de cada una de las partes:
Por parte de la UIMP:
– La persona titular del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación
de Actividades, (o, en caso de cambio de organigrama, la persona titular del
Vicerrectorado que tenga la competencia en programación de cursos avanzados y
actividades culturales), o persona en quien delegue.
– La persona titular de la Gerencia, o persona en quien delegue.
Por parte de la Asociación Cultural Plaza Porticada:
– La persona titular de la Vicepresidencia, o persona en quien delegue.
– La persona titular de la Secretaría General, o persona en quien delegue.

– Acordar cada año los cursos que se vayan a realizar en esa anualidad dentro del
catálogo establecido en la cláusula primera, así como sus detalles y presupuestos. Todos
los cursos deberán haber sido aprobados por el órgano competente en la UIMP según su
normativa interna vigente.
– Acordar, dentro de la horquilla establecida en la cláusula quinta, el coste que
asumirá directamente cada una de las partes, en función de los cursos acordados y de
sus presupuestos.

cve: BOE-A-2025-10994
Verificable en https://www.boe.es

La presidencia y la secretaría de la comisión de seguimiento serán ocupadas por la
persona titular del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de
Actividades de la UIMP y por la persona titular de la Gerencia de la UIMP,
respectivamente.
La comisión de seguimiento se regirá por lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y se reunirá al menos una vez al año para la
aprobación de las actividades de cada año natural y la evaluación de las actividades
realizadas el año anterior, y siempre que se considere necesario a petición de cualquiera
de las partes.
La comisión de seguimiento tendrá las siguientes funciones: