Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10991)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y las cuantías resultantes entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2025 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil. Prestaciones Básicas de Servicios Sociales y Plan de Desarrollo Gitano.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72071
La distribución por Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla en 2024
es la siguiente:
Distribución de Crédito Final 2025
Comunidad Autónoma
Andalucía.
Porcentaje de reparto
Cuantía resultante
–
Euros
17,45
8.722.434,37
Aragón.
3,54
1.772.003,99
Principado de Asturias.
3,33
1.664.135,61
Illes Balears.
2,51
1.254.252,65
Canarias.
5,11
2.556.612,60
Cantabria.
2,29
1.146.485,31
Castilla y León.
6,92
3.462.201,53
Castilla-La Mancha.
5,67
2.834.268,19
12,41
6.206.264,93
Comunidad Valenciana.
9,43
4.712.439,93
Extremadura.
4,25
2.124.597,16
Galicia.
7,46
3.732.188,11
10,19
5.095.727,08
Región de Murcia.
4,11
2.055.528,64
La Rioja.
1,56
777.815,76
Ciudad de Ceuta.
1,93
964.974,95
Ciudad de Melilla.
1,84
918.069,19
100,00
50.000.000,00
Cataluña.
Comunidad de Madrid.
Total CC.AA.
Tiene como finalidad contribuir a hacer efectivo el derecho de niños, niñas y
adolescentes a la alimentación (artículo 27) y a actividades de esparcimiento, ocio y vida
cultural (artículo 31) de la Convención sobre Derechos del Niño, la Estrategia Europea
sobre los derechos de la Infancia, la Garantía Infantil Europea y su Plan de Acción
Estatal para su implementación (2022-2030), los Objetivos de la Estrategia Nacional de
Prevención y Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social 2024-2030 y de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible (ODS) 1 y 10 de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
Se pretende reforzar iniciativas que se están desarrollando desde comunidades
autónomas y ayuntamientos, de forma que puedan ampliar la cobertura e incorporar más
niños, niñas y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad y riesgo de exclusión, en las
actividades que tienen lugar en periodos vacacionales y/o no lectivos.
Los proyectos que podrán ser financiados son los siguientes:
– Proyectos dirigidos a la cobertura de necesidades básicas como alimentación
saludable, equilibrada y apropiada a su edad.
– Proyectos de fomento de actividades de ocio, tiempo libre, culturales y educativas.
– Proyectos que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral de familias con
hijos e hijas a cargo y en situación de vulnerabilidad social.
cve: BOE-A-2025-10991
Verificable en https://www.boe.es
A.2) Programa específico para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y
cultura de niños, niñas y adolescentes durante las vacaciones escolares y la conciliación
de la vida familiar y laboral por un importe de 15.000.000 euros.
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72071
La distribución por Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla en 2024
es la siguiente:
Distribución de Crédito Final 2025
Comunidad Autónoma
Andalucía.
Porcentaje de reparto
Cuantía resultante
–
Euros
17,45
8.722.434,37
Aragón.
3,54
1.772.003,99
Principado de Asturias.
3,33
1.664.135,61
Illes Balears.
2,51
1.254.252,65
Canarias.
5,11
2.556.612,60
Cantabria.
2,29
1.146.485,31
Castilla y León.
6,92
3.462.201,53
Castilla-La Mancha.
5,67
2.834.268,19
12,41
6.206.264,93
Comunidad Valenciana.
9,43
4.712.439,93
Extremadura.
4,25
2.124.597,16
Galicia.
7,46
3.732.188,11
10,19
5.095.727,08
Región de Murcia.
4,11
2.055.528,64
La Rioja.
1,56
777.815,76
Ciudad de Ceuta.
1,93
964.974,95
Ciudad de Melilla.
1,84
918.069,19
100,00
50.000.000,00
Cataluña.
Comunidad de Madrid.
Total CC.AA.
Tiene como finalidad contribuir a hacer efectivo el derecho de niños, niñas y
adolescentes a la alimentación (artículo 27) y a actividades de esparcimiento, ocio y vida
cultural (artículo 31) de la Convención sobre Derechos del Niño, la Estrategia Europea
sobre los derechos de la Infancia, la Garantía Infantil Europea y su Plan de Acción
Estatal para su implementación (2022-2030), los Objetivos de la Estrategia Nacional de
Prevención y Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social 2024-2030 y de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible (ODS) 1 y 10 de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
Se pretende reforzar iniciativas que se están desarrollando desde comunidades
autónomas y ayuntamientos, de forma que puedan ampliar la cobertura e incorporar más
niños, niñas y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad y riesgo de exclusión, en las
actividades que tienen lugar en periodos vacacionales y/o no lectivos.
Los proyectos que podrán ser financiados son los siguientes:
– Proyectos dirigidos a la cobertura de necesidades básicas como alimentación
saludable, equilibrada y apropiada a su edad.
– Proyectos de fomento de actividades de ocio, tiempo libre, culturales y educativas.
– Proyectos que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral de familias con
hijos e hijas a cargo y en situación de vulnerabilidad social.
cve: BOE-A-2025-10991
Verificable en https://www.boe.es
A.2) Programa específico para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y
cultura de niños, niñas y adolescentes durante las vacaciones escolares y la conciliación
de la vida familiar y laboral por un importe de 15.000.000 euros.