Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-10970)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Extracción temporal de aguas subterráneas del acuífero Sinclinal de Calasparra a través de los pozos "El Moresno-Las Hoyas" y "Los Losares"».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71942
Todo ello acompañado de fotografías de manantial y su entorno inmediato, incluidas
fotografías subacuáticas.
3.4 Seguimiento anual del efecto de los bombeos sobre los indicadores que definen
el buen estado cuantitativo de la masa de agua Sinclinal de Calasparra (anejo 08 del
plan hidrológico) para identificar eventuales deterioros temporales, verificando si se
cumple que:
3.4.1 IE (índice de explotación) <0,8 y no hay disminución piezométrica.
3.4.2 0,8
aportados por manantiales y el balance global está equilibrado.
3.4.3 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por extracciones en las masas de
aguas subterráneas que impidan alcanzar el caudal ecológico mínimo en las masas de
aguas superficiales asociadas a la masa de agua subterránea y en los ecosistemas
dependientes de las aguas subterráneas.
3.4.4 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por extracciones en las masas de
aguas subterráneas que impidan el cumplimiento de las necesidades ambientales de los
ecosistemas dependientes de las aguas subterráneas.
3.4.5 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por impacto de las extracciones
que puedan causar una alteración del flujo que genere salinización u otras intrusiones.
3.5 Seguimiento del régimen de caudales del tramo del río Segura afectado, y del
cumplimiento de los caudales ecológicos mínimos.
3.6 Seguimiento del estado de los hábitats de interés comunitario potencialmente
afectados: Antes de iniciar la explotación, dentro de las partes de la ZEC ES6200004
«Sierras y Vega Alta del Segura y Ríos Alhárabe y Moratalla» susceptibles de verse
afectadas por los cambios provocados por el proyecto en el nivel piezométrico del
acuífero y en el caudal del río Segura, se deberá realizar una cartografía detallada de
distribución de los hábitats prioritarios 7220* (superficies de afloramiento y rezumaderos
en escarpes, laderas o riberas) y 7210* (riberas), determinando en cada parche de
distribución encontrado la superficie (HIC 7220*) o longitud de ribera (HIC 7210*)
ocupadas, la cota (HIC 7220*), y su estado de conservación de acuerdo con los criterios
de las «Bases ecológicas preliminares para la conservación de los tipos de hábitat de
interés comunitario en España» u otros que alternativamente indique el órgano gestor del
espacio. También se realizará una cartografía básica de distribución y evaluación del
estado de conservación de los hábitats no prioritarios 92A0 y 92D0. Este trabajo se
realizará en las condiciones que determine el órgano gestor del espacio, sus resultados
le serán reportados, y servirán de base para el posterior seguimiento de los efectos del
proyecto sobre los hábitats de interés comunitario durante la fase de explotación del
proyecto, manteniendo la cartografía actualizada en función del resultado del
seguimiento. Durante la explotación, se realizará un seguimiento anual de los efectos del
proyecto sobre la distribución y estado de conservación de cada parche de distribución
de los hábitats prioritarios identificados y potencialmente afectados, así como un
seguimiento general del efecto sobre los hábitats no prioritarios de ribera. Una vez
finalizada la fase de explotación, se prolongará el seguimiento indicado de estos hábitats
durante un año más, para el efecto de la posterior recuperación de niveles en el acuífero
con su distribución y estado de conservación.
El Seguimiento y Vigilancia Ambiental conjuntos serán realizados por la
Confederación Hidrográfica del Segura, con la colaboración de la Junta Central de
Usuarios Norte de la Vega del Río Segura y del resto de promotores del proyecto.
Durante toda la fase de explotación, y tras su cese hasta la constatación de la
completa recuperación de los niveles piezométricos del acuífero, se realizará un informe
anual del seguimiento ambiental realizado. Todos los informes de seguimiento deberán
ser publicados en la web de la Confederación Hidrográfica del Segura.
cve: BOE-A-2025-10970
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71942
Todo ello acompañado de fotografías de manantial y su entorno inmediato, incluidas
fotografías subacuáticas.
3.4 Seguimiento anual del efecto de los bombeos sobre los indicadores que definen
el buen estado cuantitativo de la masa de agua Sinclinal de Calasparra (anejo 08 del
plan hidrológico) para identificar eventuales deterioros temporales, verificando si se
cumple que:
3.4.1 IE (índice de explotación) <0,8 y no hay disminución piezométrica.
3.4.2 0,8
3.4.3 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por extracciones en las masas de
aguas subterráneas que impidan alcanzar el caudal ecológico mínimo en las masas de
aguas superficiales asociadas a la masa de agua subterránea y en los ecosistemas
dependientes de las aguas subterráneas.
3.4.4 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por extracciones en las masas de
aguas subterráneas que impidan el cumplimiento de las necesidades ambientales de los
ecosistemas dependientes de las aguas subterráneas.
3.4.5 Inexistencia de alteraciones antropogénicas por impacto de las extracciones
que puedan causar una alteración del flujo que genere salinización u otras intrusiones.
3.5 Seguimiento del régimen de caudales del tramo del río Segura afectado, y del
cumplimiento de los caudales ecológicos mínimos.
3.6 Seguimiento del estado de los hábitats de interés comunitario potencialmente
afectados: Antes de iniciar la explotación, dentro de las partes de la ZEC ES6200004
«Sierras y Vega Alta del Segura y Ríos Alhárabe y Moratalla» susceptibles de verse
afectadas por los cambios provocados por el proyecto en el nivel piezométrico del
acuífero y en el caudal del río Segura, se deberá realizar una cartografía detallada de
distribución de los hábitats prioritarios 7220* (superficies de afloramiento y rezumaderos
en escarpes, laderas o riberas) y 7210* (riberas), determinando en cada parche de
distribución encontrado la superficie (HIC 7220*) o longitud de ribera (HIC 7210*)
ocupadas, la cota (HIC 7220*), y su estado de conservación de acuerdo con los criterios
de las «Bases ecológicas preliminares para la conservación de los tipos de hábitat de
interés comunitario en España» u otros que alternativamente indique el órgano gestor del
espacio. También se realizará una cartografía básica de distribución y evaluación del
estado de conservación de los hábitats no prioritarios 92A0 y 92D0. Este trabajo se
realizará en las condiciones que determine el órgano gestor del espacio, sus resultados
le serán reportados, y servirán de base para el posterior seguimiento de los efectos del
proyecto sobre los hábitats de interés comunitario durante la fase de explotación del
proyecto, manteniendo la cartografía actualizada en función del resultado del
seguimiento. Durante la explotación, se realizará un seguimiento anual de los efectos del
proyecto sobre la distribución y estado de conservación de cada parche de distribución
de los hábitats prioritarios identificados y potencialmente afectados, así como un
seguimiento general del efecto sobre los hábitats no prioritarios de ribera. Una vez
finalizada la fase de explotación, se prolongará el seguimiento indicado de estos hábitats
durante un año más, para el efecto de la posterior recuperación de niveles en el acuífero
con su distribución y estado de conservación.
El Seguimiento y Vigilancia Ambiental conjuntos serán realizados por la
Confederación Hidrográfica del Segura, con la colaboración de la Junta Central de
Usuarios Norte de la Vega del Río Segura y del resto de promotores del proyecto.
Durante toda la fase de explotación, y tras su cese hasta la constatación de la
completa recuperación de los niveles piezométricos del acuífero, se realizará un informe
anual del seguimiento ambiental realizado. Todos los informes de seguimiento deberán
ser publicados en la web de la Confederación Hidrográfica del Segura.
cve: BOE-A-2025-10970
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132