Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. (BOE-A-2025-10943)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, por el que se aprueba su Reglamento de organización y funcionamiento interno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 71738

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
10943

Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de
Cooperación Internacional, por la que se publica el Acuerdo de la
Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global, por el que se aprueba su Reglamento de organización y
funcionamiento interno.

La Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global en su reunión constitutiva de 23 de abril de 2025, sometió a
aprobación el Reglamento de organización y funcionamiento interno de la Conferencia
Sectorial de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, mediante
votación presencial para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 147.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En esa reunión, el texto del reglamento quedó aprobado por unanimidad.
Por todo ello y para general conocimiento, se dispone la publicación del Reglamento
de organización y funcionamiento interno de la Conferencia Sectorial de Cooperación
para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global.
Madrid, 19 de mayo de 2025.–La Secretaria de Estado de Cooperación Internacional,
Eva María Granados Galiano.
ANEXO
Reglamento de organización y funcionamiento interno de Conferencia Sectorial
de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global

La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, creó
la Comisión Interterritorial de Cooperación para el Desarrollo, que se constituyó en el
marco de las previsiones del artículo 4 de la Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso
Autonómico, y del artículo 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se
reguló por el Real Decreto 22/2000, de 14 de enero.
Posteriormente, se creó la Conferencia Sectorial de Cooperación Internacional para
el Desarrollo según el Acuerdo de Ministros de 13 de febrero de 2009 que aprobó el Plan
Director de la Cooperación al Desarrollo 2009-2012. El 28 de octubre de 2009 se aprobó
el Acuerdo Institucional de constitución, que sujetaba su régimen jurídico al propio
acuerdo, al Reglamento interno aprobado el 8 de septiembre de 2010, y a la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Por último, el pleno de la Conferencia Sectorial, en su
reunión de 23 de octubre de 2013, acordó su extinción. En este breve periodo de tiempo
coexistieron la Conferencia Sectorial y la Comisión Interterritorial.
Finalmente, la nueva Conferencia Sectorial de Cooperación para el Desarrollo
Sostenible y la Solidaridad Global, que se rige por el presente reglamento, se crea por
la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global, con el fin de obtener la necesaria cooperación, colaboración y, en su
caso, coordinación entre las actuaciones de la Administración del Estado y de las
Comunidades Autónomas en materia de cooperación para el desarrollo sostenible y la

cve: BOE-A-2025-10943
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Aprobado el 23 de abril de 2025.