Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-10984)
Orden CLT/560/2025, de 27 de mayo, por la que se convoca el Premio Nacional de Diseño de Moda correspondiente al año 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72020
Vocales:
El premiado en la convocatoria anterior, o una persona que, designada por él, lo
represente.
Cinco personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de la moda, elegidas
entre quienes desempeñan tareas relacionadas con este campo creativo dentro de
instituciones, corporaciones, asociaciones profesionales y medios de comunicación.
Un representante de Centros o Departamentos académicos dedicados a la
investigación desde la perspectiva de género.
Secretario: Un funcionario del Centro de Coordinación de Industrias Culturales, que
actuará con voz, pero sin voto.
2. Los Vocales del jurado serán designados por Orden del Ministro de Cultura, a
propuesta de la Subsecretaria de Cultura, y en su composición se promoverá la
presencia equilibrada de mujeres y hombres de acuerdo con lo establecido en el
artículo 51 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres.
La Orden de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Los votos del jurado podrán ser emitidos únicamente por los miembros del
mismo asistentes a las reuniones.
4. El funcionamiento del jurado será atendido con los medios asignados al órgano
convocante.
5. Los miembros del jurado estarán sometidos al deber de abstención en los casos
señalados en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
6. En lo no previsto en esta orden se estará a lo dispuesto en la sección 3.ª del
capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Cuarto.
Órgano de instrucción.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Centro de
Coordinación de Industrias Culturales.
Candidatos.
Las candidaturas al Premio Nacional de Diseño de Moda podrán ser presentadas por
las entidades, centros, instituciones o profesionales vinculados al diseño de moda
mediante propuestas razonadas dirigidas al Centro de Coordinación de Industrias
Culturales, por correo electrónico (icc@cultura.gob.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de las propuestas y la documentación necesaria será
de quince días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la presente orden en el
«Boletín Oficial del Estado».
Los miembros del jurado podrán presentar las candidaturas durante las reuniones
convocadas para el fallo, o bien remitirlas al Centro de Coordinación de Industrias
Culturales de forma previa a sus reuniones. En todo caso, estas candidaturas deberán
estar debidamente razonadas.
Sexto. Concesión del premio.
El fallo se elevará al Ministro de Cultura a través de la Subsecretaria de Cultura antes
del 10 de diciembre de 2025. La orden de concesión del premio se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado».
La entrega del premio se efectuará en un acto público, convocado al efecto, al que se
dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.
cve: BOE-A-2025-10984
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72020
Vocales:
El premiado en la convocatoria anterior, o una persona que, designada por él, lo
represente.
Cinco personalidades de reconocido prestigio en el ámbito de la moda, elegidas
entre quienes desempeñan tareas relacionadas con este campo creativo dentro de
instituciones, corporaciones, asociaciones profesionales y medios de comunicación.
Un representante de Centros o Departamentos académicos dedicados a la
investigación desde la perspectiva de género.
Secretario: Un funcionario del Centro de Coordinación de Industrias Culturales, que
actuará con voz, pero sin voto.
2. Los Vocales del jurado serán designados por Orden del Ministro de Cultura, a
propuesta de la Subsecretaria de Cultura, y en su composición se promoverá la
presencia equilibrada de mujeres y hombres de acuerdo con lo establecido en el
artículo 51 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres.
La Orden de designación será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Los votos del jurado podrán ser emitidos únicamente por los miembros del
mismo asistentes a las reuniones.
4. El funcionamiento del jurado será atendido con los medios asignados al órgano
convocante.
5. Los miembros del jurado estarán sometidos al deber de abstención en los casos
señalados en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
6. En lo no previsto en esta orden se estará a lo dispuesto en la sección 3.ª del
capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Cuarto.
Órgano de instrucción.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será el Centro de
Coordinación de Industrias Culturales.
Candidatos.
Las candidaturas al Premio Nacional de Diseño de Moda podrán ser presentadas por
las entidades, centros, instituciones o profesionales vinculados al diseño de moda
mediante propuestas razonadas dirigidas al Centro de Coordinación de Industrias
Culturales, por correo electrónico (icc@cultura.gob.es) o por cualquiera de los medios
previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de las propuestas y la documentación necesaria será
de quince días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la presente orden en el
«Boletín Oficial del Estado».
Los miembros del jurado podrán presentar las candidaturas durante las reuniones
convocadas para el fallo, o bien remitirlas al Centro de Coordinación de Industrias
Culturales de forma previa a sus reuniones. En todo caso, estas candidaturas deberán
estar debidamente razonadas.
Sexto. Concesión del premio.
El fallo se elevará al Ministro de Cultura a través de la Subsecretaria de Cultura antes
del 10 de diciembre de 2025. La orden de concesión del premio se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado».
La entrega del premio se efectuará en un acto público, convocado al efecto, al que se
dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas.
cve: BOE-A-2025-10984
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.