Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-10864)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Decreto 57/25, de 23 de abril, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, relativo al XXII Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora S. Unipersonal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71361
letrada de la Administración de Justicia y los acuerdos logrados entre las partes y
aprobados por aquél tendrán, a todos los efectos legales, la consideración de
conciliación judicial. Por su parte, el artículo 166.3 de la misma ley procesal dispone que,
cuando la sentencia sea anulatoria, en todo o en parte, del convenio colectivo
impugnado y éste hubiera sido publicado, también se publicará en el Boletín Oficial en
que aquél se hubiere insertado. A estos efectos, el acuerdo anulatorio o de modificación
de un convenio alcanzado en la avenencia produce el mismo resultado que si la
anulación o modificación hubieran sido declaradas judicialmente, de modo que ha de
dársele el mismo trámite de inscripción y publicación.
En consecuencia, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del acuerdo de conciliación reflejado en el Decreto de la
Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
de 23 de abril de 2025, dictado en el Procedimiento n.º 67/2025 y relativo al XXII
convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA,
Operadora S. Unipersonal (Código de convenio número: 90002660011981), que fue
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de febrero de 2023, en el
correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad dependiente de este Centro Directivo con funcionamiento a través de
medios electrónicos.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de mayo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
AUDIENCIA NACIONAL
Sala de lo Social
DECRETO 57/25
Decreto
Letrada de la Administración de Justicia doña Marta Jaureguizar Serrano
En Madrid, a veintitrés de abril de dos mil veinticinco.
Antecedentes de hecho
El representante de Somos Trabajadores y de la Coordinadora Estatal del Sector de
Handling y Aéreo (CESHA) presentó con fecha 21 de febrero de 2025 demanda de
Impug. Convenios contra Iberia LAE, SAU Operadora, Comisiones Obreras, Unión
General de Trabajadores, Unión Sindical Obrera, Asociación Sindical Española de
Técnicos Aeronáuticos, con citación del Ministerio Fiscal. Admitida a trámite se señalaron
los actos de conciliación y juicio para el día 23 de abril de 2025.
cve: BOE-A-2025-10864
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71361
letrada de la Administración de Justicia y los acuerdos logrados entre las partes y
aprobados por aquél tendrán, a todos los efectos legales, la consideración de
conciliación judicial. Por su parte, el artículo 166.3 de la misma ley procesal dispone que,
cuando la sentencia sea anulatoria, en todo o en parte, del convenio colectivo
impugnado y éste hubiera sido publicado, también se publicará en el Boletín Oficial en
que aquél se hubiere insertado. A estos efectos, el acuerdo anulatorio o de modificación
de un convenio alcanzado en la avenencia produce el mismo resultado que si la
anulación o modificación hubieran sido declaradas judicialmente, de modo que ha de
dársele el mismo trámite de inscripción y publicación.
En consecuencia, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del acuerdo de conciliación reflejado en el Decreto de la
Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional
de 23 de abril de 2025, dictado en el Procedimiento n.º 67/2025 y relativo al XXII
convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA,
Operadora S. Unipersonal (Código de convenio número: 90002660011981), que fue
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de febrero de 2023, en el
correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad dependiente de este Centro Directivo con funcionamiento a través de
medios electrónicos.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de mayo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
AUDIENCIA NACIONAL
Sala de lo Social
DECRETO 57/25
Decreto
Letrada de la Administración de Justicia doña Marta Jaureguizar Serrano
En Madrid, a veintitrés de abril de dos mil veinticinco.
Antecedentes de hecho
El representante de Somos Trabajadores y de la Coordinadora Estatal del Sector de
Handling y Aéreo (CESHA) presentó con fecha 21 de febrero de 2025 demanda de
Impug. Convenios contra Iberia LAE, SAU Operadora, Comisiones Obreras, Unión
General de Trabajadores, Unión Sindical Obrera, Asociación Sindical Española de
Técnicos Aeronáuticos, con citación del Ministerio Fiscal. Admitida a trámite se señalaron
los actos de conciliación y juicio para el día 23 de abril de 2025.
cve: BOE-A-2025-10864
Verificable en https://www.boe.es
Primero.