Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-10861)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Eltec IT Services, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 71274

Día festivo o día de fin de semana no laborable: 1,90 veces el salario hora.
Día festivo especial: 2,50 veces el salario hora.
Las compensaciones por intervención en guardia o intervención planificada, sean del
tipo que sean, excluyen la percepción de cualquier otro complemento o plus salarial.
A las intervenciones planificadas ad hoc no se aplicarán los valores precitados. Se
compensarán conforme al acuerdo que se alcance con la persona trabajadora.
ANEXO IV
Tablas salariales: Complementos extrasalariales
Dietas y kilometrajes:
a.

Dietas:

– Desplazamientos en territorio del estado: Comida 14,50 euros y cena 21,00 euros,
tanto en festivos como en laborables.
– Desplazamientos al extranjero: Comida 27,00 euros y cenas 27,00 euros, sin
diferenciar países.
El desayuno, tanto en el territorio del estado como en desplazamientos al extranjero,
se compensará con justificante de gastos, en el caso de no estar incluido en el
alojamiento.
b.

Kilometraje:

Se fija el precio del kilómetro en 28 céntimos de euro por kilómetro.
ANEXO V

Casos

Duración del permiso

Matrimonio o parejas de hecho inscritas como tal en el
Ayuntamiento del distrito al que corresponda según
domicilio.

15 días naturales, siendo el primero día
laborable para el trabajador.

Matrimonio de familiares de 1.º o 2.º grado de
consanguinidad o afinidad.

1 día natural.

Traslado domicilio.

1 día laborable.

Defunción de familiares de 1.º y 2.º grado de
consanguinidad o afinidad.

1.er grado: Cónyuge, pareja de hecho,
padres e hijos 3 días laborables. En
caso de desplazamiento, se ampliará en
1 día.
2.º grado: Abuelos, hermanos, cuñados
y nietos 2 días laborables (en el caso de
que el empleado necesite hacer un
desplazamiento a otra provincia distinta
de donde resida, el permiso será de 4
días laborables).

cve: BOE-A-2025-10861
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