Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-10859)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del II Convenio colectivo de Aris Risk Solutions, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 71233

Tabla salarial (salario base de convenio en 14 pagas e incluye el plus
de transporte) para el año 2027. (Incremento del 3,5 % respecto al 2026)
2027. Salario base de convenio (incluye el plus de transporte y revisión)
Grupo I

Grupo II

Grupo III

Grupo IV

Grupo V

N7

36.714

43.050

43.625

49.365

79.213

N6

33.848

39.617

41.083

47.931

76.124

N5

30.387

35.567

39.519

46.105

72.451

N4

26.934

31.615

31.615

42.153

65.865

N3

24.862

27.663

26.346

36.884

59.278

N2

22.790

25.028

22.790

32.932

52.691

N1

19.338

22.394

20.028

30.297

46.105

Tabla salarial (salario base de convenio en 14 pagas e incluye el plus
de transporte) para el año 2028. (Incremento del 3,5 % respecto al 2027)
2028. Salario base de convenio (incluye el plus de transporte y revisión)
Grupo I

Grupo II

Grupo III

Grupo IV

Grupo V

N7

37.999

44.557

45.152

51.093

81.986

N6

35.032

41.004

42.521

49.609

78.788

N5

31.451

36.812

40.902

47.719

74.986

N4

27.877

32.722

32.722

43.628

68.170

N3

25.732

28.631

27.268

38.175

61.353

N2

23.588

25.904

23.588

34.084

54.535

N1

20.015

23.178

20.729

31.358

47.719

cve: BOE-A-2025-10859
Verificable en https://www.boe.es

Las cantidades anteriores constituyen la retribución anual total para las
personas trabajadoras, incluyendo las dos pagas extraordinarias que se devengan
en junio y en diciembre de cada año. La persona trabajadora percibirá la
retribución anual pactada en las tablas anteriores en doce mensualidades,
percibiendo de este modo prorrateadamente las dos pagas extraordinarias.
No obstante, el trabajador podrá solicitar el abono de las dos pagas
extraordinarias, respectivamente en junio y en diciembre, previa solicitud a la
empresa antes del comienzo del año. Estas opciones de abono se realizarán por
años naturales completos.»