Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2025-10751)
Resolución 420/38235/2025, de 22 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, para la realización de prácticas por parte del personal del Cuerpo Militar de Sanidad y personal perteneciente a GSC en el ámbito territorial de las Islas Canarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70755
las causas de resolución las partes podrán acordar la continuación de las actuaciones en
curso oportunas hasta su finalización o estableciendo un plazo para ello.
Duodécima.
Jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Se regulará por el título
preliminar, capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y a las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y por
los principios generales de Derecho.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las
facultades de la Comisión Mixta para resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.
cve: BOE-A-2025-10751
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad a cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–Por el
Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio,
Francisco Braco Carbó.–Por Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en
Canarias, el Director Gerente, Luis Cabrera Peña.
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 70755
las causas de resolución las partes podrán acordar la continuación de las actuaciones en
curso oportunas hasta su finalización o estableciendo un plazo para ello.
Duodécima.
Jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Se regulará por el título
preliminar, capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, y a las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y por
los principios generales de Derecho.
En todo caso, las cuestiones litigiosas que pudieran surgir, sin perjuicio de las
facultades de la Comisión Mixta para resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.
cve: BOE-A-2025-10751
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad a cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–Por el
Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire y del Espacio,
Francisco Braco Carbó.–Por Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en
Canarias, el Director Gerente, Luis Cabrera Peña.