Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Pesca marítima. (BOE-A-2025-10759)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen para 2025 los límites del volumen de capturas por buque de gamba roja del stock ARA/GF1-7 en aplicación de la Orden APA/467/2025, de 13 de mayo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70806

Asimismo, con el objetivo de facilitar la gestión de este stock por parte de la flota,
para el presente año 2025 se permitirá la utilización en común de los límites individuales
de capturas por parte de los buques. Igualmente, se contempla la posibilidad de admitir
subgrupos dentro de una entidad. Por tanto, para poder establecer los límites de
volumen de capturas es necesario conocer previamente el tipo de utilización por la que
opta cada uno de los buques (común o individual), para lo que se dio de plazo hasta
el 24 de enero de 2024.
Por tanto, la Secretaria General de Pesca, oído el sector, resuelve:
Primero.
Asignar el 96 % de los límites de volumen de capturas de gamba roja stock
ARA/GF1-7 atribuida a España para la flota de arrastre de fondo del Mediterráneo
en 2025, por buques en utilización individual o grupos de buques en utilización común,
tal como figura en el anexo I de la presente resolución.
Segundo.
Los límites de volumen de capturas asignados a buques que hayan optado por la
utilización común podrán disfrutarse indistintamente por cualquiera de ellos.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 28 de mayo de 2025.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.
ANEXO I
Utilización común
Entidad asociativa

Subgrupo

CFR

Nombre buque

Límite captura
(kg)

ESP000025226 FLORINO Y CAELA.
ESP000026292 JUAREZ HERMANOS.
ESP000026390 LA GARRUCHA.
ESP000023811 MANUEL Y TERESA.
ASOC. ARMADORES BUQUES DE PESCA DE FRESCO EN
STA POLA.

ESP000022901 MARFILEÑA.
ESP000025277 NUEVO TOMAS Y CARMEN.

44.835,63

ESP000026736 PACO Y CARMEN.
ESP000024575 SOLER MOLINA.
ESP000026555 TROIA.
ESP000026961 PAPA BARRANCO.
ESP000007034 MANDORRI.

ASOCIACION DE ARMADORES DE PESCA DE ARRASTRE
DE PALAMOS.

ESP000026013 PERLA DE PALAMOS.
ESP000021730 TIA CINTA.
ESP000025838 NOVA MEDA.

13.941,43

cve: BOE-A-2025-10759
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ESP000023148 FLOR DE BARCELONA.