Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-10687)
Orden VAU/540/2025, de 29 de mayo, por la que se crea la Oficina Técnica del PERTE para la Industrialización de la Vivienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025
Artículo 3.

Sec. I. Pág. 70413

Funciones.

1. La Oficina Técnica del PERTE de la Industrialización de la Vivienda asume las
siguientes funciones:
a) Diseñar, implementar, monitorizar y evaluar los diferentes instrumentos que se
prevén en el PERTE de la Industrialización de la Vivienda.
b) Coordinar todos los instrumentos de financiación y de capital, tanto del Instituto
de Crédito Oficial E.P.E. como de otros ministerios u organismos vinculados al PERTE.
En concreto, coordinará los instrumentos financieros para impulsar la oferta de
construcción industrializada; los instrumentos financieros para impulsar la demanda de
construcción industrializada; así como otros instrumentos financieros que puedan
establecerse.
c) Desarrollar una plataforma de componentes de sistemas de construcción
industrializados que permita visibilizar sus prestaciones.
d) Coordinar las medidas de modificación normativa o de normalización que
puedan resultar necesarias.
e) Fomentar acuerdos con universidades, centros de formación profesional y
asociaciones para la financiación de formación en construcción industrializada y
digitalización de la construcción en general (incluyendo la metodología Building
Information Modeling –BIM–).
f) Coordinar, en colaboración con la entidad pública empresarial de Suelo (SEPES),
todas las actuaciones necesarias para el desarrollo de la Ciudad de la Industrialización.
g) En el marco de la Alianza por la Industrialización, identificar, impulsar y hacer
seguimiento de proyectos piloto.
2. Las funciones se ejercerán sin perjuicio de las competencias asumidas por otros
órganos del Ministerio, conforme al Real Decreto 208/2024, de 27 de febrero, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, y
se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Disposición adicional única.

No aumento del gasto público.

La creación de la Oficina Técnica del PERTE de la Industrialización de la Vivienda no
supondrá un aumento del gasto público y se financiará con las dotaciones
presupuestarias actualmente existentes del presupuesto del Ministerio de Vivienda y
Agenda Urbana.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».

cve: BOE-A-2025-10687
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 29 de mayo de 2025.–La Ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel
Rodríguez García.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X