Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-10671)
Resolución de 20 de mayo de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70322

con carácter previo a la obtención del título académico correspondiente. Con ello
pretende completar los conocimientos adquiridos por el alumnado de acuerdo con su
específica formación y proporcionarles una orientación profesional que permita su
incorporación al mercado de trabajo en condiciones adecuadas que garanticen una
respuesta eficaz a las exigencias de la sociedad, así como las de sus instituciones y
empresas.
Asimismo, tanto la Universidad de Santiago de Compostela como las entidades
gestoras con las que colabora persiguen fomentar el establecimiento de convenios para
la realización de prácticas accesibles por parte de estudiantes con discapacidad,
procurando la disposición de recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios
que aseguren la igualdad de oportunidades, según se recoge en el artículo 7.2 del
Reglamento de prácticas externas de la Universidad de Santiago de Compostela.
II. Que el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (de ahora en
adelante, INAEM) tiene entre sus fines promover la formación, investigación e innovación
en áreas técnicas dentro de las artes escénicas y de la música, y con este fin colabora
con instituciones y organismos en actividades de formación de universitarias y
universitarios que completen sus conocimientos y experiencias para un mejor
desempeño de su trabajo profesional.
III. Que tanto el INAEM como la Universidad de Santiago de Compostela comparten
dentro de sus fines comunes la labor de aprendizaje e intercambio de conocimientos,
procurando la promoción del estudiantado y su futura integración en el ámbito laboral.
Por ello, ambas partes tienen capacidad legal suficiente para suscribir el presente
convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer un programa de prácticas externas no
remuneradas entre el INAEM y la Universidad de Santiago de Compostela (en adelante,
la Universidad) destinado al alumnado de la misma.
Los tipos de prácticas a desarrollar, en función de la oferta formativa de la
Universidad y de la solicitud del alumnado, serán: curriculares, extracurriculares, así
como de proyecto fin de carrera, trabajo fin de grado o fin de máster conforme a planes
de estudio. La modalidad de las mismas se establecerá en el anexo de este convenio.
Las prácticas externas se organizarán de tal modo que se ajusten a la formación y
competencias de sus alumnos y alumnas, y su contenido no podrá dar lugar a la
sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
El periodo de prácticas curriculares que el alumnado realice en el INAEM tendrá la
duración prevista en el plan de estudios –o en cada oferta en el caso de las
extracurriculares–, y se determinará asimismo en el anexo de este convenio.
La suscripción del presente convenio no conlleva contraprestaciones económicas
entre las partes ni compromiso económico u obligaciones financieras para el INAEM.
No se adquirirán para el INAEM ni para la Universidad otras obligaciones ni
compromisos que los contenidos en las normas contempladas en la cláusula duodécima
y en el presente documento. En particular, no derivará para el INAEM obligación alguna
de carácter laboral o de Seguridad Social.
El cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social con arreglo a la
disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4.º, letra b), del texto refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, corresponderá a la Universidad, en la que los
alumnos/as cursan estudios.

cve: BOE-A-2025-10671
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 129