Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10668)
Orden TED/535/2025, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70291

Los datos podrán ser cedidos a las autoridades competentes nacionales y europeas
en el marco de los Fondos de ayudas que fueran aplicables, de la normativa nacional y
europea.
Los datos serán conservados durante la tramitación del procedimiento de concesión
de la ayuda y con posterioridad mientras continúen vigentes las obligaciones de los
beneficiarios y de este Instituto, así como durante el plazo para efectuar reclamaciones
que se puedan formular.
Se podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de
sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de
decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando
procedan, ante dpd@idae.es.
Artículo 34.

Medidas antifraude e irregularidades.

Las entidades beneficiarias deben tener un firme compromiso en la lucha antifraude y
colaborar con cualquier otra Administración para evitar comportamientos fraudulentos en
la sociedad.
En caso de que cualquier persona tuviera conocimiento de hechos que pudieran ser
constitutivos de fraude o irregularidad relacionados con las ayudas previstas en las
presentes bases reguladoras podrá ponerlos en conocimiento del IDAE a través del
canal habilitado a tal efecto por IDAE en su página web: Gobierno corporativo y política
antifraude del IDAE, o podrá dirigirse al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de
la Intervención General de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través
del canal habilitado al efecto https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/
Paginas/denan.aspx; o a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF): a través
del enlace https://fns.olaf.europa.eu/main_es.htm o por correo postal: European
Commission-European Anti-Fraud Office (OLAF) 1049 Brussels (Bélgica).
En caso de que se identifique un potencial conflicto de intereses por parte del
personal del órgano concedente que intervenga en los procesos de selección de las
entidades beneficiarias o en los procesos de verificación del cumplimiento de las
condiciones de las solicitudes de ayuda correspondientes, se seguirá el procedimiento
de gestión de conflicto de intereses del IDAE.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden ministerial se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 13.ª
23.ª y 25.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, la
legislación básica sobre protección del medio ambiente y sobre las bases del régimen
minero y energético.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-10668
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 28 de mayo de 2025.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen Muñoz.