Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10668)
Orden TED/535/2025, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70260

actuaciones en el marco del Objetivo Político 2, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 71 del Reglamento UE n.º 2021/1060, del Parlamento y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, y en la Descripción de Sistemas y Procedimientos de la Autoridad de
Gestión.
En su condición de Organismo Intermedio del Programa Plurirregional del FEDER
para el periodo 2021-2027, el IDAE debe realizar las convocatorias por las que se regule
la concesión de las ayudas que serán cofinanciadas por el FEDER en el marco de lo
establecido por estas bases reguladoras.
Asimismo, el IDAE será el responsable de seleccionar los proyectos a cofinanciar,
determinando el gasto subvencionable de los mismos, correspondiendo también al IDAE
examinar las justificaciones de gasto remitidas por los beneficiarios y realizar las
verificaciones necesarias que permitan certificar dichos gastos a la Autoridad de Gestión
de FEDER.
III
Esta orden aprueba las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas, en
régimen de concurrencia competitiva, para la inversión en proyectos, conectados a las
redes de transporte o distribución, de almacenamiento energético en su modalidad
independiente («standalone»), hibridados con instalaciones de generación de energía
eléctrica con fuentes renovables, existentes o nuevas, proyectos de bombeo reversible y,
por último, proyectos de almacenamiento térmico. Estas instalaciones proporcionarán
flexibilidad al sector energético, mejorando la integración de las energías renovables.
Las actuaciones financiadas por esta orden de bases atenderán al principio de «no
causar un perjuicio significativo» (en adelante también denominado bajo las siglas
DNSH) a ninguno de los objetivos medioambientales y contribuirán sustancialmente a la
mitigación del cambio climático según se define en los artículos 9 y 10 del Reglamento
(UE) 2020/852 el Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se
modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 y desarrollados en dicho reglamento.
IV
En la competencia exclusiva del Estado sobre bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica tienen cobijo normas básicas y asimismo
previsiones de acciones o medidas singulares que sean necesarias para alcanzar los
fines propuestos dentro de la ordenación del sector (STC 117/1992, FJ 2). Entre estas
acciones o medidas singulares se encuentra el objeto perseguido con esta orden, que es
incentivar proyectos de almacenamiento energético, con un volumen de inversión
significativo, que ofrezcan soluciones a los retos planteados por la transición energética.
El marco regulador de estas ayudas resulta conforme con la jurisprudencia
constitucional consolidada en materia de ayudas y subvenciones que comenzó a
articularse con la Sentencia del Tribunal Constitucional 13/1992, de 6 de febrero, y que
se ha perfilado con las sentencias 9/2017, de 19 de enero, y 62/2018, de 7 de junio.
Para garantizar la plena efectividad de las medidas y garantizar las mismas
posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales entidades beneficiarias
en todo el territorio nacional, al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 13.ª, 23.ª
y 25.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, la legislación
básica sobre protección del medio ambiente y las bases del régimen minero y energético
se justifica la gestión centralizada de estas ayudas. De este modo, la recepción de
solicitudes, instrucción, selección, gestión, resolución, verificación y control y, en su caso,
publicación de las convocatorias de estas ayudas serán realizados por el IDAE de
manera centralizada.

cve: BOE-A-2025-10668
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Núm. 129