Ministerio de Cultura. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2025-10599)
Orden CLT/534/2025, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden CUL/3021/2006, de 25 de septiembre, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 69980

según el correspondiente orden del día o cuando se traten asuntos de su interés,
que deberá tener un complemento de destino de nivel 30:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)

El Gabinete del Ministro.
La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
La Dirección General de Derechos Culturales.
La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
La Biblioteca Nacional de España, O.A.
El Museo Nacional del Prado.
El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, O.A.
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A.
La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A.

5. La Comisión podrá solicitar el asesoramiento de los técnicos del ministerio
o de sus organismos públicos, cuya aportación pueda ser de interés a juicio de la
Comisión, a tenor de la índole y características de la documentación que deba
examinar. Participarán con voz, pero sin voto.»
Dos. El artículo 4 queda redactado como sigue:
«Artículo 4.

Funciones.

a) Impulsar el cumplimiento en los archivos del departamento y de sus
organismos públicos adscritos de las instrucciones y recomendaciones de la
Comisión de Archivos de la Administración General del Estado.
b) Realizar la valoración documental, entendiendo por tal el estudio y análisis
de las características administrativas, jurídicas, fiscales, informativas e históricas
de los documentos generados, conservados o reunidos en el departamento o en
sus organismos públicos adscritos.
c) Establecer, previo dictamen de la Comisión Superior Calificadora de
Documentos Administrativos, los plazos de permanencia de los documentos o
series documentales en los archivos de oficina del ministerio y de sus organismos
públicos adscritos, proponer los criterios y plazos para su transferencia al Archivo
Central del departamento, o de sus organismos públicos adscritos, así como los
plazos para su transferencia posterior al Archivo General de la Administración.
d) Iniciar el procedimiento de eliminación de documentos o series
documentales del ministerio y sus organismos públicos adscritos y, en su caso, de
conservación de su contenido en soporte distinto al original en que fueron
producidos, y elevar las propuestas de eliminación a la Comisión Superior
Calificadora de Documentos Administrativos, de acuerdo con el procedimiento
establecido en el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, y a los efectos
previstos en él.
e) Establecer, previo estudio y dictamen de la Comisión Superior Calificadora
de Documentos Administrativos, el régimen de acceso a los documentos y series
documentales del ministerio y de sus organismos públicos adscritos, de
conformidad con la normativa aplicable al régimen de acceso a los documentos
administrativos.
f) Informar a la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos
sobre las denegaciones de acceso a los documentos y series documentales que se
hayan producido en el ámbito del ministerio y sus organismos públicos adscritos.
g) Velar por el cumplimiento de los criterios fijados por la Comisión
Calificadora de Documentos Administrativos, en su ámbito de actuación.
h) La coordinación con la Comisión Ministerial de Administración Digital del
departamento en lo referente al desarrollo y gestión de los archivos y documentos

cve: BOE-A-2025-10599
Verificable en https://www.boe.es

Son funciones de la Comisión las siguientes: