Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-10595)
Acuerdo internacional administrativo entre la Organización Mundial del Turismo y la Secretaría de Estado de Turismo del Gobierno de España para la celebración de la 123.ª reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo, hecho en Madrid el 27 de mayo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Jueves 29 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 69944

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
10595

Acuerdo internacional administrativo entre la Organización Mundial del
Turismo y la Secretaría de Estado de Turismo del Gobierno de España para
la celebración de la 123.ª reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo,
hecho en Madrid el 27 de mayo de 2025.

De una parte, la Organización Mundial del Turismo (en adelante, «la Organización» u
«ONU Turismo»), representada por su Secretario General, Zurab Pololikashvili, es un
organismo especializado de las Naciones Unidas y la principal organización internacional
pública en el ámbito del turismo, que está integrada por 166 países y territorios, así como
por más de 500 Miembros Afiliados que representan al sector privado, a instituciones de
enseñanza, a asociaciones turísticas y a autoridades locales de turismo.
De otra parte, la Secretaría de Estado de Turismo, adscrita al Ministerio de Industria
y Turismo del Reino de España (en adelante, «la Secretaría de Estado»), representada
por su Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau, es el órgano del
Gobierno de España encargado de llevar a cabo las políticas turísticas del Estado, las
relaciones turísticas institucionales de la Administración General del Estado con
organizaciones internacionales y la cooperación turística internacional, en coordinación
con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC).
Considerando lo dispuesto en el artículo 13.3 del Convenio de Sede entre el Reino
de España y la Organización Mundial del Turismo, de 25 de junio de 2015 (en adelante
«el Convenio de Sede»), que dispone que el Gobierno español dará facilidades para la
celebración de las reuniones de la Asamblea General, Consejo Ejecutivo, comisiones y
grupos de trabajo que no puedan realizarse en el edificio de la sede de la organización,
mediante la puesta a disposición de salas de reuniones adecuadas que gozarán de
inviolabilidad y protección en los mismos términos previstos para los locales de ONU
Turismo en el artículo 5 del Convenio de Sede.
Considerando que, de conformidad con el artículo VII.2 del Acuerdo Especial sobre el
Edificio de la Sede, de 10 de marzo de 1980, y el artículo VII del Acuerdo Internacional
Administrativo sobre el Edificio de la Sede, de 25 de marzo de 2022, el Reino de España
dará facilidades a sus expensas para, entre otras, las reuniones de los órganos
estatutarios de la Organización que no puedan celebrarse en el edificio de la sede y, en
particular, pondrá a disposición de la Organización las salas y las instalaciones
necesarias con el equipamiento adecuado, así como el personal afecto a los servicios de
recepción, enlaces, limpieza, mantenimiento, seguridad y cualquier otro servicio que se
considere necesario para organizar eficazmente tales reuniones.
La Organización y la Secretaría de Estado (en adelante «las Partes» o «los
Firmantes») acuerdan lo siguiente:
I.

Lugar y fecha de la Reunión

1. La 123.ª reunión del Consejo Ejecutivo de la Organización Mundial del Turismo
tendrá lugar en Segovia en el Real Sitio de San Ildefonso del 28 al 30 de mayo
de 2025 (en adelante «la Reunión»).

cve: BOE-A-2025-10595
Verificable en https://www.boe.es

ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO ENTRE LA ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DEL TURISMO Y LA SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO
DEL GOBIERNO DE ESPAÑA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA 123.ª REUNIÓN
DEL CONSEJO EJECUTIVO DE ONU TURISMO