Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de la Guardia Civil. (BOE-A-2025-10521)
Resolución 160/38240/2025, de 23 de mayo, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Miércoles 28 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 69683

b) Doscientas cuarenta (240) plazas para los alumnos del Colegio de Guardias
Jóvenes.
c) Mil seiscientas treinta (1630) plazas libres.
1.2 Las plazas reservadas para militares profesionales de tropa y marinería y
alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en los párrafos anteriores, que
no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres.
2.

Requisitos que deben reunir los aspirantes

2.1 Los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de
instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación, los
siguientes requisitos:
2.1.1 Poseer la nacionalidad española.
2.1.2 No estar privado de los derechos civiles.
2.1.3 Carecer de antecedentes penales.
2.1.4 No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como
procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio
oral correspondiente.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme
para el ejercicio de funciones públicas.
2.1.6 Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en el año 2025. A estos efectos
se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el
año 2025.
2.1.7 No superar durante el año 2025 la edad de cuarenta (40) años,
entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año 2025 la edad de
cuarenta y un (41) años.
2.1.8 Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de
estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento médico y las
pruebas que se determinen en esta convocatoria.
2.1.9 Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo
Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación
Profesional de Grado Medio:

2.1.10 No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas
en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la
Carrera Militar o en los párrafos d) y e) del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de
noviembre.
2.1.11 No haber causado baja en un centro docente de formación para la
incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar,
dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios
correspondientes.

cve: BOE-A-2025-10521
Verificable en https://www.boe.es

a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o
de un nivel académico superior.
b) Estar en posesión del título de Técnico Básico o de Técnico.
c) Haber superado una oferta formativa de Grado C incluida en el ciclo formativo.
d) Haber superado un curso de formación específico preparatorio y gratuito para el
acceso a ciclos formativos de grado medio en centros expresamente autorizados por la
Administración educativa.
e) Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de
grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
f) Cumplir alguno de los requisitos exigidos en el Sistema Educativo Español para
acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de
Grado Superior.