Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-10584)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Eólica Frontones, SL, autorización administrativa previa para la instalación híbrida «Planta Frontones Híbrida», con un módulo de generación fotovoltaica, de 26,25 MW de potencia instalada, con un sistema de almacenamiento con baterías de 4 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque eólico existente «Frontones», de 50 MW, ubicada en Corral Rubio y Chinchilla de Montearagón (Albacete).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69892
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, se atenderá, en
particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA,
aportándose, en su caso, la documentación necesaria a tal efecto:
– Con anterioridad a la finalización de la vida útil o del plazo autorizado para la
exportación del proyecto, el promotor presentará al órgano sustantivo un Plan de
desmantelamiento de la totalidad de sus componentes y restauración de todas las
superficies afectadas, incluyendo la gestión de los residuos generados y los trabajos
para la completa restitución geomorfológica, edáfica, vegetal y paisajística. Este Plan se
realizará a escala y detalle apropiados, e incluirá todas las actuaciones de restauración a
realizar, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación
del suelo, especies vegetales a utilizar, ejemplares a compensar en caso de corta,
métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el
presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido a la
administración competente en medio ambiente de Castilla-La Mancha para su validación.
– La instalación se adaptará a la orografía, sin realizar nivelaciones de terreno en las
superficies de implantación de los paneles solares y manteniendo el perfil original y el
perfil del suelo. En pendientes superiores al 8 % se adoptarán medidas adicionales para
prevenir la erosión, de conformidad con la administración competente en medio ambiente
de Castilla-La Mancha. No se realizarán instalaciones en pendientes superiores al 12 %.
– No se retirará la tierra vegetal ni se realizarán compactaciones. Únicamente se
contemplan las alteraciones inherentes a la instalación del cableado subterráneo en
zanja y de acondicionamiento de los viales, y la cimentación de los transformadores, la
central de seccionamiento, de los edificios, la instalación de baterías y de las zonas de
instalaciones auxiliares de la obra. El proyecto técnico incluirá la valoración de los
movimientos de tierra y su balance.
– Los paneles solares se instalarán mediante hinca, sin hormigonar el anclaje ni
voladuras. La altura de colocación de los paneles solares debe adaptarse a la morfología
del terreno y permitir el manejo de la vegetación mediante ganado.
– Dado que el proyecto supone la eliminación del cultivo de regadío de las parcelas
afectadas, el promotor identificará dichas superficies y notificará a la Confederación
Hidrográfica del Segura la superficie que va a dejar de regarse como consecuencia del
proyecto durante toda su vida útil, a los efectos de reajuste de las correspondientes
asignaciones y volúmenes concesionales.
– El vallado perimetral será de tipo cinegético, con una altura máxima de 2 metros.
El vallado no irá soterrado ni cementado en la parte inferior, deberá carecer de
elementos cortantes o punzantes, y dispondrá de señalización para evitar la colisión de
aves consistente en placas anticolisión metálicas de color con alto contraste con el
entorno (blanca) de forma rectangular (dimensiones entre 30 × 20 y 20 × 15 centímetros),
colocadas a tresbolillo en la parte superior de los vallados, sujetas al vallado de forma
que se evite su desplazamiento y con una separación máxima de 8 metros. El
cerramiento deberá ceñirse a las zonas ocupadas por la PSFA Frontones Híbrida.
– Las zanjas para canalizaciones y cableados dispondrán rampas de tierra cada 50
metros para permitir la salida de animales que caigan accidentalmente, debiendo ser
inspeccionadas diariamente para detectar posibles individuos que hayan quedado
atrapados en ellas. Si se detectaran especies amenazadas, se actuará de acuerdo con
las instrucciones de la administración con competencias en medio ambiente de
Castilla-La Mancha. Estos sistemas de escape se mantendrán siempre que haya zanjas
abiertas.
– Para el diseño de la medida propuesta por el promotor de construir una charca en
las inmediaciones del área de implantación, la ubicación será acordada con la
administración con competencias en medio ambiente de Castilla-La Mancha y, en
cualquier caso, se localizará en una zona alejada de la influencia de los aerogeneradores
cve: BOE-A-2025-10584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128
Miércoles 28 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69892
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, se atenderá, en
particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA,
aportándose, en su caso, la documentación necesaria a tal efecto:
– Con anterioridad a la finalización de la vida útil o del plazo autorizado para la
exportación del proyecto, el promotor presentará al órgano sustantivo un Plan de
desmantelamiento de la totalidad de sus componentes y restauración de todas las
superficies afectadas, incluyendo la gestión de los residuos generados y los trabajos
para la completa restitución geomorfológica, edáfica, vegetal y paisajística. Este Plan se
realizará a escala y detalle apropiados, e incluirá todas las actuaciones de restauración a
realizar, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación
del suelo, especies vegetales a utilizar, ejemplares a compensar en caso de corta,
métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el
presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido a la
administración competente en medio ambiente de Castilla-La Mancha para su validación.
– La instalación se adaptará a la orografía, sin realizar nivelaciones de terreno en las
superficies de implantación de los paneles solares y manteniendo el perfil original y el
perfil del suelo. En pendientes superiores al 8 % se adoptarán medidas adicionales para
prevenir la erosión, de conformidad con la administración competente en medio ambiente
de Castilla-La Mancha. No se realizarán instalaciones en pendientes superiores al 12 %.
– No se retirará la tierra vegetal ni se realizarán compactaciones. Únicamente se
contemplan las alteraciones inherentes a la instalación del cableado subterráneo en
zanja y de acondicionamiento de los viales, y la cimentación de los transformadores, la
central de seccionamiento, de los edificios, la instalación de baterías y de las zonas de
instalaciones auxiliares de la obra. El proyecto técnico incluirá la valoración de los
movimientos de tierra y su balance.
– Los paneles solares se instalarán mediante hinca, sin hormigonar el anclaje ni
voladuras. La altura de colocación de los paneles solares debe adaptarse a la morfología
del terreno y permitir el manejo de la vegetación mediante ganado.
– Dado que el proyecto supone la eliminación del cultivo de regadío de las parcelas
afectadas, el promotor identificará dichas superficies y notificará a la Confederación
Hidrográfica del Segura la superficie que va a dejar de regarse como consecuencia del
proyecto durante toda su vida útil, a los efectos de reajuste de las correspondientes
asignaciones y volúmenes concesionales.
– El vallado perimetral será de tipo cinegético, con una altura máxima de 2 metros.
El vallado no irá soterrado ni cementado en la parte inferior, deberá carecer de
elementos cortantes o punzantes, y dispondrá de señalización para evitar la colisión de
aves consistente en placas anticolisión metálicas de color con alto contraste con el
entorno (blanca) de forma rectangular (dimensiones entre 30 × 20 y 20 × 15 centímetros),
colocadas a tresbolillo en la parte superior de los vallados, sujetas al vallado de forma
que se evite su desplazamiento y con una separación máxima de 8 metros. El
cerramiento deberá ceñirse a las zonas ocupadas por la PSFA Frontones Híbrida.
– Las zanjas para canalizaciones y cableados dispondrán rampas de tierra cada 50
metros para permitir la salida de animales que caigan accidentalmente, debiendo ser
inspeccionadas diariamente para detectar posibles individuos que hayan quedado
atrapados en ellas. Si se detectaran especies amenazadas, se actuará de acuerdo con
las instrucciones de la administración con competencias en medio ambiente de
Castilla-La Mancha. Estos sistemas de escape se mantendrán siempre que haya zanjas
abiertas.
– Para el diseño de la medida propuesta por el promotor de construir una charca en
las inmediaciones del área de implantación, la ubicación será acordada con la
administración con competencias en medio ambiente de Castilla-La Mancha y, en
cualquier caso, se localizará en una zona alejada de la influencia de los aerogeneradores
cve: BOE-A-2025-10584
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 128