Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-10410)
Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información en virtud del Marco de Comunicación de Información sobre Criptoactivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Martes 27 de mayo de 2025

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de este apartado y con fines enunciativos y no limitativos, el incumplimiento significativo
incluye el incumplimiento de las disposiciones sobre confidencialidad y protección de
datos de este acuerdo y del convenio, o la no aportación por la Autoridad competente de
información oportuna o adecuada como se prevé en el presente acuerdo.
6. Las Autoridades competentes pueden dar por concluida su participación en el
presente acuerdo, o respecto de una Autoridad competente concreta, mediante
notificación escrita al efecto dirigida a la Secretaría del órgano de coordinación. Salvo
indicación en contrario por parte de la Autoridad competente, dicha conclusión surtirá
efecto el primer día del mes siguiente a la expiración del plazo de doce meses contados
a partir de su comunicación. La terminación de la participación no supone que la
información previamente recibida en virtud de este acuerdo pierda su carácter
confidencial, ni que deje de estar sujeta a los términos del convenio.
Artículo 8. Secretaría del órgano de coordinación.
Salvo que se disponga de otro modo en el presente acuerdo, la Secretaría del
órgano de coordinación trasladará a todas las Autoridades competentes las
notificaciones recibidas por razón del mismo e informará a todos los signatarios del
acuerdo de su firma por una nueva Autoridad competente.
Hecho en inglés y francés, siendo ambos textos igualmente auténticos.
DECLARACIÓN
El abajo firmante, Jesús Gascón Catalán, Secretario de Estado de Hacienda, en
nombre de la Autoridad competente del Reino de España, declara que, por la presente,
esta se compromete a cumplir lo dispuesto en el
Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de
información en virtud del Marco de Comunicación de Información sobre Criptoactivos
en adelante, el «acuerdo», adjunto a la presente Declaración.
Por medio de la presente Declaración, la Autoridad competente del Reino de España
pasa a considerarse signataria del acuerdo desde el 26 de noviembre de 2024. El
acuerdo surtirá efectos respecto de la Autoridad competente del Reino de España de
conformidad con su artículo 7.
[Rúbrica]
Firmado en Madrid, el 21 de noviembre de 2024.
[Sello: OCDE
Copia auténtica certificada del original
(Rúbrica)

***
El presente acuerdo entró en vigor para España el 26 de noviembre de 2024, fecha
de efectos de la firma de España.
Madrid, 20 de mayo de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-10410
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Fecha: (manuscrito: 10.12.24)]