Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10383)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, por la que se publica el Convenio con la Real Federación Española de Ciclismo, para la prevención de la salud y lucha contra el dopaje en el ámbito de la práctica del ciclismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Lunes 26 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 69085

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
10383

Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Agencia Estatal Comisión Española
para la Lucha Antidopaje en el Deporte, por la que se publica el Convenio con
la Real Federación Española de Ciclismo, para la prevención de la salud y
lucha contra el dopaje en el ámbito de la práctica del ciclismo.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación con número RCN-EFD202500057, procede
la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del convenio entre la Agencia Estatal
Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte y la Real Federación
Española de Ciclismo, firmado por el Director de la Agencia Estatal Comisión Española
para la Lucha Antidopaje en el Deporte y el Presidente de la Real Federación Española
de Ciclismo y que se adjunta como anexo a esta resolución.
Madrid, 7 de mayo de 2025.–El Director de la Agencia Estatal Comisión Española
para la Lucha Antidopaje en el Deporte, Carlos Peralta Gallego.
ANEXO
Convenio entre la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje
en el Deporte y la Real Federación Española de Ciclismo para la prevención
de la salud y lucha contra el dopaje en el ámbito de la práctica del ciclismo
Madrid, 6 de mayo de 2025.
REUNIDOS

Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad jurídica suficiente,
suscriben en nombre de las respectivas entidades el presente y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Ambas partes suscriben el presente convenio, con la finalidad de establecer las
adecuadas fórmulas de cooperación para elaborar programas conjuntos y coordinados,
al objeto de dar satisfacción a lo contemplado en la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de

cve: BOE-A-2025-10383
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Peralta Gallego, Director de la Agencia Estatal Comisión
Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte (en adelante, CELAD), en virtud de la
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Presidencia de la CELAD (BOE núm. 245,
de 10 de octubre de 2024), con CIF número S2800578C y domicilio en Madrid
(CP 28016) plaza Valparaíso, 4, y en el ejercicio de las funciones que le otorga el
artículo 13.2.a) del Estatuto de la CELAD, aprobado por el Real Decreto 908/2022, de 25
de octubre (en adelante, el Estatuto).
Y de otra, don José Vicioso Soto, Presidente de la Real Federación Española de
Ciclismo (en adelante, la RFEC), actúa en nombre y representación de dicha Federación
con domicilio en la calle Ferraz, 16 (28008) Madrid. Nombrado en la Asamblea General
de la RFEC en su reunión de 18 de noviembre de 2024.