Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10373)
Resolución 420/38230/2025, de 16 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, S.M.E., M.P., SA, para el desarrollo de actividades que faciliten la formación y empleabilidad en ciberseguridad entre el personal militar en el ámbito de la ciberseguridad con destino a la industria del sector a nivel nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Lunes 26 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 69049

previstos normativamente. Dicha adenda de prórroga surtirá efectos con su
inscripción en el REOICO antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo,
la adenda será publicada en el “Boletín Oficial del Estado”.»
Tercera.

Prórroga del convenio.

Prórroga del convenio Ministerio de Defensa y la S.M.E. Instituto Nacional de
Ciberseguridad de España M.P., SA para el desarrollo de actividades que faciliten la
formación y empleabilidad en ciberseguridad entre el personal militar en el ámbito de la
ciberseguridad con destino a la industria del sector a nivel nacional, suscrito el 13 de
mayo de 2024.
El Ministerio de Defensa y el Instituto Nacional de Ciberseguridad de España
acuerdan prorrogar, por un período de un año, la vigencia del convenio suscrito entre
ambas partes, para el desarrollo de actividades que faciliten la formación y empleabilidad
en ciberseguridad entre el personal militar en el ámbito de la ciberseguridad con destino
a la industria del sector a nivel nacional.
Cuarta.

Eficacia de la adenda.

De conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda se perfecciona por la
prestación del consentimiento de las partes, y resultará eficaz, una vez inscrita, en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación. Asimismo, será publicada en el plazo de diez
días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-10373
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes intervinientes firman la
presente adenda de modificación y prórroga, en dos ejemplares originales, igualmente
válidos, en el lugar y la fecha indicados.–Por el Ministerio de Defensa, la Subsecretaria
de Defensa, Adoración Mateos Tejada.–Por la S.M.E. Instituto Nacional de
Ciberseguridad de España M.P., SA, el Director General, Félix Antonio Barrio Juárez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X