Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-10364)
Resolución de 16 de mayo de 2025, conjunta de la Universidad de Salamanca y la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Lunes 26 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 68998

5.12 Las comisiones de selección podrán solicitar, a través de su presidente, los
asesoramientos que estimen convenientes, los cuales deberán ser emitidos por escrito, y
se adjuntarán al acta correspondiente.
5.13 Los miembros de las comisiones de selección tendrán derecho al percibo de
asistencias, gastos de viaje y dietas de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. A estos
efectos, las comisiones de selección tendrán la categoría primera de las señaladas en el
artículo 30 del citado Real Decreto.
6.

Criterios de selección

6.1 Los criterios de selección que utilizarán las comisiones serán los contenidos en el
baremo que se acompaña como Anexo I del Reglamento de concursos para el acceso a
Cuerpos Docentes Universitarios, graduando las valoraciones en función de la adecuación
de los méritos aportados por los concursantes a las características de los puestos
convocados, de conformidad con los criterios generales de aplicación del citado baremo
aprobados por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Salamanca de 25 de julio
de 2024 (https://www.usal.es/files/criterios_generales_de_aplicacion_del_baremo.pdf) y los
criterios específicos de valoración para cada una de las áreas de conocimiento (https://
www.usal.es/criterios-especificos-por-area-de-conocimiento).
6.2 Tan sólo podrán ser propuestos para su nombramiento aquellos aspirantes
seleccionados bajo los principios constitucionales de acceso a la función pública que
hayan sido declarados Aptos tras la celebración del proceso selectivo y cuyos méritos
respondan a la finalidad legalmente asignada al respectivo cuerpo docente y a la
expresada en la oportuna convocatoria.
7.

Acto de constitución.

7.1.1 Publicada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, las
comisiones de selección se constituirán en el plazo máximo de tres meses, al objeto de
iniciar sus trabajos.
Para ello, el presidente, convocará a los titulares y, en su caso, suplentes necesarios
para proceder al acto formal de constitución de aquella, fijando modo de celebración
(virtual, presencial o mixta – indicando el lugar–) y fecha a tales efectos. Esta fecha
podrá ser la misma en la que se resuelva la primera prueba prevista en la base 7.2.
Una vez resuelta la primera prueba, el presidente dictará resolución convocando a
todos los aspirantes considerados Aptos, con señalamiento de día, hora y lugar del inicio
de la segunda prueba contemplada en la base 7.2. Esta resolución habrá de ser
notificada a los aspirantes considerados Aptos en la primera prueba con una antelación
mínima de cinco días hábiles respecto a la fecha de la celebración de la segunda
prueba.
En dicha notificación se solicitará a cada aspirante, en soporte informático, un
resumen de los aspectos básicos de la propuesta académica (docente, investigadora y
asistencial) que desarrollarán ante la comisión de selección, con al menos 24 horas de
antelación a la celebración de la segunda prueba. Adicionalmente se solicitará el número
de copias en papel que la comisión considere necesarias. El secretario de la comisión
hará llegar a todos los miembros y al servicio de PDI una copia electrónica de este
resumen.
7.1.2 El Servicio de Personal Docente e Investigador facilitará al secretario de cada
comisión las solicitudes y la restante documentación presentada por los aspirantes
admitidos que se hallará custodiada en este Servicio. Asimismo, asistirá técnicamente a
la comisión a requerimiento de ésta para que, en todo momento, disponga de la
información necesaria para la resolución del concurso.

cve: BOE-A-2025-10364
Verificable en https://www.boe.es

7.1

Proceso de selección y propuesta de provisión