Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-10369)
Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Universidad de Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Lunes 26 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 69028

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
10369

Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Abogacía General del Estado, por
la que se publica el Convenio de asistencia jurídica con la Universidad de
Cantabria.

Con fecha 12 de mayo de 2025 se ha suscrito el Convenio de Asistencia Jurídica
entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Universidad de Cantabria.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 16 de mayo de 2025.–El Abogado General del Estado, David Segundo Vilas
Álvarez.
ANEXO
Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado
y la Universidad de Cantabria
REUNIDOS
De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado
General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18
de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación
conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las
Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación
de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos
para gastos.
De otra parte, doña María Concepción López Fernández, Rectora Magnífica de la
Universidad de Cantabria, según nombramiento aprobado por Decreto 3/2025, de 6 de
febrero, del Gobierno de Cantabria, actuando en nombre y representación de la misma,
en virtud de las atribuciones que le están conferidas por el artículo 32 de los Estatutos de
la Universidad de Cantabria, aprobados por el Decreto 26/2012, de 10 de mayo, y de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario.
MANIFIESTAN

Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.

cve: BOE-A-2025-10369
Verificable en https://www.boe.es

Primero.