Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2025-10267)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, por la que se crea y regula la sede electrónica del organismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Sábado 24 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 68564

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal
Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, por la que se
crea y regula la sede electrónica del organismo.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas en su artículo 14, reconoce el derecho de los ciudadanos a
relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones públicas.
El artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece que la sede electrónica es aquella dirección electrónica, disponible
para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad
corresponde a una Administración pública, o bien a uno o varios organismos públicos o
entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias. Con base en ello, el
reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, en su artículo 9 establece que
mediante dicha sede electrónica se realizarán todas las actuaciones y trámites referidos
a procedimientos o a servicios que requieran la identificación de la Administración
pública y, en su caso, la identificación o firma electrónica de las personas interesadas,
disponiendo que la titularidad de la sede electrónica corresponde a una Administración
pública, o bien a uno o varios organismos públicos o entidades de derecho público en el
ámbito de sus competencias.
El apartado 2 del artículo 10 del citado reglamento, determina que el acto o
resolución de creación de una sede electrónica o sede electrónica asociada será
publicado en el boletín oficial que corresponda en función de cuál sea la Administración
pública titular de la sede o sede asociada y también el directorio del Punto de Acceso
General Electrónico que corresponda. El apartado 3 del mismo artículo determina que en
el ámbito estatal, la creación o supresión de una sede electrónica asociada a la sede
electrónica del Punto de Acceso General electrónico de la Administración General del
Estado así como la creación de sedes electrónicas o sedes electrónicas asociadas de los
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes se hará
mediante orden de la persona titular del departamento competente o por resolución de la
persona titular de la Presidencia o de la Dirección del organismo o entidad de derecho
público competente, con el informe previo favorable del Ministerio de Hacienda y Función
Pública y del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
De conformidad con el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se
reestructuran los departamentos ministeriales y el Real Decreto 210/2024, de 27 de
febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, esta competencia recae actualmente en
dicho departamento ministerial.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.3 del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, previo informe favorable del
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, resuelvo:
Apartado primero.

Objeto y ámbito de aplicación.

1. La presente resolución tiene por objeto la creación de la sede electrónica de la
Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte (en lo
sucesivo, CELAD) de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2025-10267
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