Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-10287)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Auxiliar de Informática.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
II.
Sec. II.B. Pág. 68688
Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición, tendrá lugar la fase de concurso. Únicamente podrán
participar en esta fase, quienes hayan superado la fase de oposición.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse en esta fase será de 30 puntos,
realizándose la valoración de los méritos conforme al siguiente baremo:
1.
Experiencia profesional: Máximo 23 puntos.
Se valorará la experiencia profesional acreditada, conforme al siguiente baremo:
– Experiencia como personal funcionario en el Cuerpo o Escala de la plaza
convocada en la Universidad Carlos III de Madrid: 0,32 puntos por mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza
convocada en otras Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid: 0,11 puntos por
mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza
convocada en otras Administraciones Públicas: 0,09 puntos por mes trabajado.
Para acreditar la experiencia profesional será necesario presentar certificado
expedido por la Administración correspondiente que acredite los servicios prestados, en
el que deberá constar expresamente subgrupo, escala, antigüedad y jornada.
En el caso de poseer experiencia profesional como personal funcionario en la
Universidad Carlos III de Madrid no será necesaria la aportación del certificado por el
interesado, siendo adjuntada de oficio por la propia Universidad.
Únicamente se tendrán en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente
proceso selectivo.
En el supuesto de que la jornada sea a tiempo parcial se computará como jornada
completa siempre que sea igual o superior al 50 % de ésta última. Si fuera inferior
al 50 %, contará proporcionalmente a la jornada realizada.
La experiencia profesional que se acredite en años se transformará en meses, a
razón de doce meses por año, y la expresada en días se transformará en meses, a razón
de treinta días naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones,
resulten sobrantes, quedarán descartados a todos los efectos.
Cursos de Formación: Máximo 7 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento profesional, para su valoración en esta
fase, deberán relacionarse y numerarse en la Relación de cursos de formación que
figura en el anexo V de esta convocatoria.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento organizados e impartidos
en la Universidad Carlos III de Madrid, cursos organizados por otras Universidades, así
como por otros centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales
dependientes de las administraciones públicas y cualquier otro financiado con fondos
públicos, aunque sean impartidos por una entidad privada, orientados al desempeño de
funciones en la Escala convocada bajo criterio del Tribunal Calificador. También se
valorará, a juicio del Tribunal, la obtención de certificaciones expedidas por entidades
reconocidas en el sector, siempre que dichas certificaciones incluyan la acreditación del
número de horas de formación realizadas.
Será de aplicación el siguiente baremo:
–
–
–
–
Cursos hasta 12 horas: 0,7 puntos por curso.
Cursos de 13 a 25 horas: 0,9 puntos por curso.
Cursos de 26 a 39 horas: 1,1 puntos por curso.
Cursos de 40 horas o más: 1,3 puntos por curso.
cve: BOE-A-2025-10287
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
II.
Sec. II.B. Pág. 68688
Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición, tendrá lugar la fase de concurso. Únicamente podrán
participar en esta fase, quienes hayan superado la fase de oposición.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse en esta fase será de 30 puntos,
realizándose la valoración de los méritos conforme al siguiente baremo:
1.
Experiencia profesional: Máximo 23 puntos.
Se valorará la experiencia profesional acreditada, conforme al siguiente baremo:
– Experiencia como personal funcionario en el Cuerpo o Escala de la plaza
convocada en la Universidad Carlos III de Madrid: 0,32 puntos por mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza
convocada en otras Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid: 0,11 puntos por
mes trabajado.
– Experiencia como personal funcionario en Cuerpos o Escalas de la plaza
convocada en otras Administraciones Públicas: 0,09 puntos por mes trabajado.
Para acreditar la experiencia profesional será necesario presentar certificado
expedido por la Administración correspondiente que acredite los servicios prestados, en
el que deberá constar expresamente subgrupo, escala, antigüedad y jornada.
En el caso de poseer experiencia profesional como personal funcionario en la
Universidad Carlos III de Madrid no será necesaria la aportación del certificado por el
interesado, siendo adjuntada de oficio por la propia Universidad.
Únicamente se tendrán en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente
proceso selectivo.
En el supuesto de que la jornada sea a tiempo parcial se computará como jornada
completa siempre que sea igual o superior al 50 % de ésta última. Si fuera inferior
al 50 %, contará proporcionalmente a la jornada realizada.
La experiencia profesional que se acredite en años se transformará en meses, a
razón de doce meses por año, y la expresada en días se transformará en meses, a razón
de treinta días naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones,
resulten sobrantes, quedarán descartados a todos los efectos.
Cursos de Formación: Máximo 7 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento profesional, para su valoración en esta
fase, deberán relacionarse y numerarse en la Relación de cursos de formación que
figura en el anexo V de esta convocatoria.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento organizados e impartidos
en la Universidad Carlos III de Madrid, cursos organizados por otras Universidades, así
como por otros centros oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, así como los impartidos por organismos e instituciones oficiales
dependientes de las administraciones públicas y cualquier otro financiado con fondos
públicos, aunque sean impartidos por una entidad privada, orientados al desempeño de
funciones en la Escala convocada bajo criterio del Tribunal Calificador. También se
valorará, a juicio del Tribunal, la obtención de certificaciones expedidas por entidades
reconocidas en el sector, siempre que dichas certificaciones incluyan la acreditación del
número de horas de formación realizadas.
Será de aplicación el siguiente baremo:
–
–
–
–
Cursos hasta 12 horas: 0,7 puntos por curso.
Cursos de 13 a 25 horas: 0,9 puntos por curso.
Cursos de 26 a 39 horas: 1,1 puntos por curso.
Cursos de 40 horas o más: 1,3 puntos por curso.
cve: BOE-A-2025-10287
Verificable en https://www.boe.es
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