Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10307)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con Sulmed-Asistencia Médica, LTDA, sobre la prestación de asistencia médica subvencionada a los emigrantes españoles residentes en la Región de Porto Alegre (Brasil) que carecen de recursos suficientes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 68779
representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad suficiente para suscribir la
presente adenda y
EXPONEN
Que con fecha 10 de octubre de 2023, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones (Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de
Retorno) y Sulmed-Asistencia Médica, LTDA, suscribieron en Madrid un Convenio sobre
la prestación de la asistencia médica subvencionada a los emigrantes españoles
residentes en Brasil-Porto Alegre, carentes de recursos suficientes. Este convenio inició
su vigencia el 18 de octubre de 2023, con su publicación en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se
refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, siendo
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (núm. 259) el 30 de octubre de 2023.
Que, en la cláusula quinta del mencionado convenio, se establece que el número de
beneficiarios y el importe de la cuota podrán ser revisados anualmente durante la
vigencia del convenio mediante una adenda suscrita entre las partes.
En virtud de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda al
referido convenio, a efectos de establecer las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Importe y presupuesto.
Que se actualiza el importe correspondiente a abonar a Sulmed-Asistencia Médica,
LTDA, establecido en la cláusula quinta del Convenio suscrito entre el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Dirección General de la Ciudadanía Española
en el Exterior y Políticas de Retorno) y dicha entidad, modificando el primer párrafo de
dicha cláusula con la siguiente redacción:
«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la
Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, abonará a SulmedAsistencia Médica, LTDA, el importe correspondiente a la cuota mensual pactada,
que será de 1.694,72 reales brasileños mensuales por persona, que se
corresponden con 270,65 euros según el tipo de cambio de 1 euro = 6,2617 reales
brasileños, aprobado por Resolución del Banco de España de 7 de marzo de 2025
(BOE de 8 de marzo de 2025), siendo catorce (14) el número estimado de
beneficiarios residentes en Porto Alegre, en el que se incluyen a los ciudadanos
amparados por la Ley 3/2005, de 18 de marzo «Niños de la Guerra» y a los del
Real Decreto 8/2008 de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón
de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados».
Segunda.
Compromiso de gasto y presupuesto.
«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como
cuantía máxima de compromiso económico en la aplicación del tiempo de
duración de este convenio la cifra de 115.873,12 euros, con un coste anual
de 45.469,20 euros.
cve: BOE-A-2025-10307
Verificable en https://www.boe.es
Que se modifica la cláusula sexta del convenio con la siguiente redacción:
Núm. 125
Sábado 24 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 68779
representaciones que ostentan, se reconocen legitimidad suficiente para suscribir la
presente adenda y
EXPONEN
Que con fecha 10 de octubre de 2023, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones (Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior y Políticas de
Retorno) y Sulmed-Asistencia Médica, LTDA, suscribieron en Madrid un Convenio sobre
la prestación de la asistencia médica subvencionada a los emigrantes españoles
residentes en Brasil-Porto Alegre, carentes de recursos suficientes. Este convenio inició
su vigencia el 18 de octubre de 2023, con su publicación en el Registro Electrónico
Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se
refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, siendo
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (núm. 259) el 30 de octubre de 2023.
Que, en la cláusula quinta del mencionado convenio, se establece que el número de
beneficiarios y el importe de la cuota podrán ser revisados anualmente durante la
vigencia del convenio mediante una adenda suscrita entre las partes.
En virtud de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente adenda al
referido convenio, a efectos de establecer las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Importe y presupuesto.
Que se actualiza el importe correspondiente a abonar a Sulmed-Asistencia Médica,
LTDA, establecido en la cláusula quinta del Convenio suscrito entre el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (Dirección General de la Ciudadanía Española
en el Exterior y Políticas de Retorno) y dicha entidad, modificando el primer párrafo de
dicha cláusula con la siguiente redacción:
«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la
Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, abonará a SulmedAsistencia Médica, LTDA, el importe correspondiente a la cuota mensual pactada,
que será de 1.694,72 reales brasileños mensuales por persona, que se
corresponden con 270,65 euros según el tipo de cambio de 1 euro = 6,2617 reales
brasileños, aprobado por Resolución del Banco de España de 7 de marzo de 2025
(BOE de 8 de marzo de 2025), siendo catorce (14) el número estimado de
beneficiarios residentes en Porto Alegre, en el que se incluyen a los ciudadanos
amparados por la Ley 3/2005, de 18 de marzo «Niños de la Guerra» y a los del
Real Decreto 8/2008 de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón
de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados».
Segunda.
Compromiso de gasto y presupuesto.
«El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones asume como
cuantía máxima de compromiso económico en la aplicación del tiempo de
duración de este convenio la cifra de 115.873,12 euros, con un coste anual
de 45.469,20 euros.
cve: BOE-A-2025-10307
Verificable en https://www.boe.es
Que se modifica la cláusula sexta del convenio con la siguiente redacción: