Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-10251)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora mercantil VII de Valencia, por la que se deniega la práctica de una anotación preventiva de demanda en la que se solicita que se declare como perfeccionado un contrato de compraventa de acciones de una sociedad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Viernes 23 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 68465

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
10251

Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora mercantil VII de Valencia, por la que se deniega la práctica
de una anotación preventiva de demanda en la que se solicita que se declare
como perfeccionado un contrato de compraventa de acciones de una
sociedad.

En el recurso interpuesto por doña S. P. N., procuradora de los tribunales, en nombre y
representación de «Zurcal, S.L.», contra la nota de calificación de la registradora Mercantil
VII de Valencia, doña María Pilar García Goyeneche, por la que se deniega la práctica de
una anotación preventiva de demanda en la que se solicita que se declare como
perfeccionado un contrato de compraventa de acciones de la sociedad «Aciloe, S.A.»
Hechos
I
En mandamiento, expedido el día 13 de noviembre de 2024 por la letrada de la
Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Valencia, se
adoptaba la medida cautelar de «la anotación preventiva de la demanda en el Registro
Mercantil, en la hoja correspondiente a la sociedad Aciloe, S.A.»
Se expidió, el día 25 de noviembre de 2024, por la letrada de la Administración de Justicia
del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Valencia, testimonio de la demanda en la que en el
suplico al Juzgado se solicitaba: «(i) se declare que el contrato de compraventa de acciones
entre los Accionistas Vendedores y Zurcal quedó perfeccionado en fecha 29 de julio de 2024
al haber ejercitado mi mandante su derecho de adquisición preferente reconocido en el
artículo 7 de los Estatutos Sociales de Aciloe».
II
Presentada dicha documentación en el Registro Mercantil de Valencia, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«La registradora Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación,
de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del
Registro Mercantil, certifica que ha resuelto no practicar la inscripción solicitada conforme
a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:

Diario/Asiento: 2024/16383.
F. presentación: 15/11/2024.
Entrada: 1/2024/39208,0.
Sociedad: Aciloe SA.
Hoja: V-53781.
Expedido por: Juzgado de lo Mercantil 5 de Valencia.
Protocolo 1105 de 13/11/2024

cve: BOE-A-2025-10251
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Hechos.