Comunidad Autónoma de Castilla-la Mancha. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-10208)
Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 68233

fundaciones y empresas públicas, cuyos presupuestos de explotación y capital se
detallan en el anexo II. Una cláusula de cierre permite la incorporación a este ámbito de
otros sujetos, conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley de Hacienda de
Castilla-La Mancha, ofreciendo así una imagen fiel de la situación patrimonial y
económica de la Administración regional.
En este capítulo se recoge asimismo la financiación de los créditos aprobados y se
refleja el importe de los beneficios fiscales procedentes de los tributos sobre los que la
Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha posee capacidad
normativa.
El capítulo II de este título responde al cumplimiento de las exigencias de los
principios de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera contemplados en la
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, y, en el ámbito autonómico, en la Ley 11/2012,
de 21 de diciembre.
Finalmente, el capítulo III regula, de un lado, la limitación y vinculación de los créditos
presupuestarios; y, de otro, el régimen de las modificaciones de crédito. A propósito de
estas últimas, se establecen sus principios generales y diversas reglas generales y
especiales sobre las transferencias de crédito, las relativas a los sujetos del sector
público instrumental y algunas excepciones concernientes al régimen competencial en
esta materia establecido en el artículo 57 del texto refundido de la Ley de Hacienda de
Castilla-La Mancha; se detallan, asimismo, los créditos que tienen carácter ampliable de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la citada norma; y, por último, se establecen
supuestos específicos de generación de créditos y normas específicas en materia de
incorporación de créditos, en consonancia con lo dispuesto en los artículos 54 y 56,
respectivamente, de dicho texto refundido.
En otro orden de cosas, se determinan las bases para establecer el régimen de las
imputaciones de crédito, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 36.2.b) del texto
refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha; se fija el límite máximo que
puede conceder el Consejo de Gobierno como anticipo de tesorería al amparo del
artículo 51 del mencionado texto refundido y, finalmente, se habilita a la persona titular
de la consejería competente en materia de hacienda para llevar a cabo las posibles
adaptaciones técnicas del presupuesto como consecuencia de reorganizaciones
administrativas o de la reordenación del sector público regional instrumental, entre otros
supuestos.
Por último, dentro de este capítulo, deben mencionarse las medidas de política
presupuestaria introducidas en los artículos 12 y 13, que coadyuvarán a dar respuesta a los
daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) ocurrida en el mes de
octubre de 2024 en diversos municipios de la región. En primer lugar, se declaran ampliables
los créditos centralizados consignados en la partida 07.01.633A.52010 «Fondo Planes de
Recuperación DANA 2024», que serán la fuente de financiación de las medidas concretas
para paliar los daños derivados de la DANA, y que se canalizarán a través de transferencias
de crédito hacia las partidas de destino final a cuyo cargo se acometan los gastos específicos
para la atención de dichos daños. Asimismo, con la finalidad de facilitar y agilizar la puesta a
disposición de los recursos económicos del Presupuesto al fin indicado, se elimina todo
obstáculo a la realización de transferencias de crédito.
El título II, «De la ejecución y liquidación presupuestaria», se estructura en cuatro
capítulos. El primero de ellos agrupa distintas normas relacionadas con la ejecución
presupuestaria de los sujetos del sector público regional con presupuesto limitativo. De
este modo, se incluye aquí un régimen de autorización previa por parte del Consejo de
Gobierno de determinados actos o negocios jurídicos que conlleven la aprobación de
gastos por los órganos competentes de la Administración regional, sus organismos
autónomos y entidades de derecho público, en consonancia con el principio de
responsabilidad en la gestión de los servicios públicos.
También se introducen determinadas normas cuyo objetivo es mantener la disciplina
presupuestaria. A este fin responde la obligación de que todo proyecto de disposición de
carácter general, los convenios, planes, programas, acuerdos, así como determinadas

cve: BOE-A-2025-10208
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Núm. 124