Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-9704)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a GR Bisbita Renovables, SL, autorización administrativa previa de modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica GR Bisbita, de 63,84 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Torremocha del Jarama, Torrelaguna, El Vellón, El Molar, San Agustín de Guadalix, Colmenar Viejo y Tres Cantos (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 64045
para la instalación fotovoltaica GR Bisbita, de 63,843 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Torremocha del Jarama,
Torrelaguna, El Vellón, El Molar, San Agustín de Guadalix, Colmenar Viejo y Tres Cantos,
en la Comunidad de Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Protección Civil de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de
Salud Pública de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General del Sector Ferroviario
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Dirección General de
Infraestructura del Ministerio de Defensa, de la Dirección General de Carreteras del
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Confederación Hidrográfica del
Tajo, de Red Eléctrica de España, SAU, y de GR Mandarín Renovables, SL Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, del
Ayuntamiento de Tres Cantos, de la Dirección General de Carreteras de la Comunidad
de Madrid, del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), de la Dirección
General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid, del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias – Alta Velocidad (Adif-AV), del Canal de
Isabel II y de Telefónica de España SAU, en las que se establecen condicionados
técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal de la Comunidad de Madrid, donde realiza un análisis del proyecto presentado
por el promotor y las posibles afecciones al medio ambiente. Considera el organismo que
las actuaciones no contravienen la normativa medioambiental y no es probable que las
mismas puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a espacios Red
Natura 2000, ni tengan efectos significativos sobre espacios naturales protegidos,
montes en régimen especial o zonas húmedas y embalses protegidos u otros valores
naturales propios de la competencia del organismo siempre y cuando se cumplan una
serie de condiciones que se describen en el informe. Entre otras medidas, el organismo
considera necesario que se incluyan las recogidas en dicho informe y en los informes del
organismo de 27 de abril de 2022 y de 26 de abril de 2023 además de las recogidas por
el promotor y que resulten complementarias a las establecidas por el organismo. Se ha
dado traslado al promotor, que presta conformidad con el informe, desarrollando una
nueva versión del programa de medidas compensatorias con el alcance completo de
todos los condicionados establecidos en los informes pertinentes. Se ha dado traslado al
organismo de dicho programa, que presta conformidad e informa favorablemente.
Preguntados el Ayuntamiento de Torremocha del Jarama, el Ayuntamiento de
Torrelaguna, la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la
Comunidad de Madrid, la Dirección General de Transición Energética y Economía
Circular de la Comunidad de Madrid, la Dirección General del Agua del Ministerio para la
Transición Ecológica y El Reto Demográfico, la Dirección General de Patrimonio Cultural
y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Urbanismo de
la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Transportes y Movilidad de la
Comunidad de Madrid, la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la
Comunidad de Madrid y de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
cve: BOE-A-2025-9704
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 118
Viernes 16 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 64045
para la instalación fotovoltaica GR Bisbita, de 63,843 MW de potencia instalada y su
infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Torremocha del Jarama,
Torrelaguna, El Vellón, El Molar, San Agustín de Guadalix, Colmenar Viejo y Tres Cantos,
en la Comunidad de Madrid.
El expediente ha sido incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid y se ha tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 127
y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Protección Civil de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General de
Salud Pública de la Comunidad de Madrid, de la Dirección General del Sector Ferroviario
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Dirección General de
Infraestructura del Ministerio de Defensa, de la Dirección General de Carreteras del
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de la Confederación Hidrográfica del
Tajo, de Red Eléctrica de España, SAU, y de GR Mandarín Renovables, SL Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, del
Ayuntamiento de Tres Cantos, de la Dirección General de Carreteras de la Comunidad
de Madrid, del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), de la Dirección
General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid, del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias – Alta Velocidad (Adif-AV), del Canal de
Isabel II y de Telefónica de España SAU, en las que se establecen condicionados
técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal de la Comunidad de Madrid, donde realiza un análisis del proyecto presentado
por el promotor y las posibles afecciones al medio ambiente. Considera el organismo que
las actuaciones no contravienen la normativa medioambiental y no es probable que las
mismas puedan afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a espacios Red
Natura 2000, ni tengan efectos significativos sobre espacios naturales protegidos,
montes en régimen especial o zonas húmedas y embalses protegidos u otros valores
naturales propios de la competencia del organismo siempre y cuando se cumplan una
serie de condiciones que se describen en el informe. Entre otras medidas, el organismo
considera necesario que se incluyan las recogidas en dicho informe y en los informes del
organismo de 27 de abril de 2022 y de 26 de abril de 2023 además de las recogidas por
el promotor y que resulten complementarias a las establecidas por el organismo. Se ha
dado traslado al promotor, que presta conformidad con el informe, desarrollando una
nueva versión del programa de medidas compensatorias con el alcance completo de
todos los condicionados establecidos en los informes pertinentes. Se ha dado traslado al
organismo de dicho programa, que presta conformidad e informa favorablemente.
Preguntados el Ayuntamiento de Torremocha del Jarama, el Ayuntamiento de
Torrelaguna, la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la
Comunidad de Madrid, la Dirección General de Transición Energética y Economía
Circular de la Comunidad de Madrid, la Dirección General del Agua del Ministerio para la
Transición Ecológica y El Reto Demográfico, la Dirección General de Patrimonio Cultural
y Oficina del Español de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Urbanismo de
la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Transportes y Movilidad de la
Comunidad de Madrid, la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la
Comunidad de Madrid y de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
cve: BOE-A-2025-9704
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 118