Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-9586)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Universidad Jaume I, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Básica de Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 63236

10.1.4 Declaración responsable en la que manifestarán poseer las capacidades y
aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones o tareas
que correspondan al puesto de trabajo. Esta declaración constituirá presunción de
disponer de tales capacidades y requisitos de aptitud por parte de la persona declarante
y podrá ser verificada, en su caso, con los informes médicos que emita el servicio de
prevención correspondiente.
10.1.5 Acreditación de los conocimientos de valenciano, de acuerdo con la base 2.6
de esta convocatoria.
10.2 El personal seleccionado que, dentro del plazo indicado y excepto casos de
fuerza mayor, no presentan la documentación acreditativa o de esta se deduce que
carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas personal
funcionario de carrera de la Universitat Jaume I, sin perjuicio de la responsabilidad en
que podían haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10.3 No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, el órgano gestor del proceso selectivo
puede acceder a las bases de datos de las Administraciones públicas, exclusivamente a
efectos de verificar los datos relativos a la condición de personas con diversidad
funcional, familia numerosa, titulación académica y nivel de conocimientos de
valenciano, salvo que la persona interesada manifieste expresamente que no presta su
consentimiento en el formulario de la solicitud.
Undécima.

Nombramiento de personal funcionario de carrera.

Transcurrido el plazo de presentación de la documentación se dictará una resolución,
que se publicará en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», por la que se llevará a
cabo el nombramiento como personal funcionario de carrera de la Escala Auxiliar Básica
de Deportes de la Universitat Jaume I, grupo C, subgrupo C2, de las personas
aprobadas a que hace referencia la base 9.3, previa adjudicación de un puesto de
trabajo de acuerdo con la puntuación obtenida.
Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se
produzcan renuncias de las personas seleccionadas, antes de su nombramiento o toma
de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano técnico de selección
relación complementaria de las personas que sigan a las propuestas, para su posible
nombramiento como personal funcionario de carrera.
Órgano técnico de selección.

12.1 El órgano técnico de selección de la convocatoria está compuesto por:
presidente o presidenta, secretario o secretaria y tres vocales, y deberá designarse el
mismo número de suplentes. En la composición se estará a lo establecido en el
artículo 60 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y se
garantizará la composición equilibrada entre mujeres y hombres.
12.2 La relación nominal de las personas que integran el órgano técnico de
selección será publicada con una antelación mínima de un mes a la fecha de comienzo
de las pruebas, mediante resolución que se publicará en el TAO-UJI, una vez hayan sido
publicadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
12.3 El órgano técnico de selección, para la realización de las pruebas, puede
solicitar la designación de personal colaborador, ayudante y asesor especialista que
estime oportunos.
12.4 Corresponden al órgano técnico de selección las funciones relativas a la
determinación concreta del contenido de las pruebas y a la calificación de las personas
admitidas, así como, en general, la adopción de todas las medidas que sean necesarias
de cara al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
12.5 Las personas integrantes del órgano técnico de selección, así como el
personal asesor, deben abstenerse y podrán ser recusadas por las personas interesadas

cve: BOE-A-2025-9586
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Duodécima.