Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9591)
Resolución de 8 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad San Pablo-CEU, para el desarrollo de programas de cooperación educativa, estableciendo las condiciones de prácticas externas así como del trabajo de fin de grado/máster de cualquier enseñanza impartida por la Universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63274
de formación responsable de la oferta formativa. A tal efecto, la Universidad comunicará
los días efectivos de prácticas, a partir de la información que facilite el centro donde se
realice la práctica formativa.
Tanto en las Prácticas Formativas o Prácticas Académicas Externas Remuneradas
como las no Remuneradas, a las cuotas por contingencias comunes les resultará de
aplicación una reducción del noventa y cinco por ciento, sin que les sea de aplicación
otros beneficios en la cotización distintos a esta reducción. Hasta que se apruebe la Ley
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025, la cotización por la realización
de Prácticas Formativas o Prácticas Académicas Externas incluidas en programas de
formación se ajustará, en dicho ejercicio, a lo establecido en el apartado tres de la
disposición transitoria novena del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, relativo a
la determinación de la cotización por la realización de Prácticas Formativas o Prácticas
Académicas Externas.
Por lo que se refiere a la presente prórroga del convenio de prácticas externas por
parte de los estudiantes de la Universidad San Pablo-CEU en Centro Sefarad-Israel, las
Prácticas Académicas Externas que son objeto del mismo tendrán el carácter de «No
remuneradas».
Y para cumplimiento de todas sus partes de buena fe, lo suscriben el representante
de la Universidad San Pablo-CEU y el representante del Consorcio Centro Sefarad Israel
en duplicado ejemplar en el lugar y fecha al principio mencionados.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas,
en la fecha de la firma electrónica.
cve: BOE-A-2025-9591
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de abril del 2025.–Por Centro Sefarad-Israel, el Director General, Jaime
Alejandro Moreno Bau.–Por la Universidad San Pablo-CEU, la Rectora Magnífica, Rosa
María Visiedo Claverol.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63274
de formación responsable de la oferta formativa. A tal efecto, la Universidad comunicará
los días efectivos de prácticas, a partir de la información que facilite el centro donde se
realice la práctica formativa.
Tanto en las Prácticas Formativas o Prácticas Académicas Externas Remuneradas
como las no Remuneradas, a las cuotas por contingencias comunes les resultará de
aplicación una reducción del noventa y cinco por ciento, sin que les sea de aplicación
otros beneficios en la cotización distintos a esta reducción. Hasta que se apruebe la Ley
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025, la cotización por la realización
de Prácticas Formativas o Prácticas Académicas Externas incluidas en programas de
formación se ajustará, en dicho ejercicio, a lo establecido en el apartado tres de la
disposición transitoria novena del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, relativo a
la determinación de la cotización por la realización de Prácticas Formativas o Prácticas
Académicas Externas.
Por lo que se refiere a la presente prórroga del convenio de prácticas externas por
parte de los estudiantes de la Universidad San Pablo-CEU en Centro Sefarad-Israel, las
Prácticas Académicas Externas que son objeto del mismo tendrán el carácter de «No
remuneradas».
Y para cumplimiento de todas sus partes de buena fe, lo suscriben el representante
de la Universidad San Pablo-CEU y el representante del Consorcio Centro Sefarad Israel
en duplicado ejemplar en el lugar y fecha al principio mencionados.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas,
en la fecha de la firma electrónica.
cve: BOE-A-2025-9591
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 23 de abril del 2025.–Por Centro Sefarad-Israel, el Director General, Jaime
Alejandro Moreno Bau.–Por la Universidad San Pablo-CEU, la Rectora Magnífica, Rosa
María Visiedo Claverol.
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