Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-9617)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Fundación Telefónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 63506

realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la
declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar
dentro de la jornada de trabajo. Se concederá el permiso por el tiempo
indispensable.
k) Realización de exámenes finales para la obtención de un Título
Académico o Profesional Oficial siempre que se cursen con regularidad estudios
para la obtención de dicho Título Académico o Profesional Oficial y realización de
exámenes para títulos o masters no oficiales relacionados con el trabajo
desempeñado. Si el examen terminara antes de las 14.30 horas, se concede el
permiso por toda la mañana y si el examen terminará más tarde de las 14.30
horas, el permiso se concede por todo el día laborable, previa justificación en
ambos casos.
l) Consultas médicas de la persona trabajadora. Se concederá el permiso por
el tiempo estrictamente necesario para acudir a la consulta del médico, privado o
de la Seguridad Social, siempre que se trate de enfermedad propia de la persona
trabajadora.
m) Las personas trabajadoras tendrán derecho a ausentarse del trabajo
durante una hora en el caso de nacimiento prematuro de hijo o hija, o que, por
cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto.
Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de
dos horas, con la disminución proporcional del salario.
n) Donación de sangre. Se concederá permiso por el tiempo estrictamente
necesario para donar sangre.
ñ) Donación de órganos. Se concederá permiso por el tiempo indispensable
para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos
siempre que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.
o) Voluntariado corporativo. La persona trabajadora voluntaria en activo
prestará sus servicios solidarios preferiblemente fuera de la jornada laboral. No
obstante, si por razón de los compromisos que se adquieran, la acción solidaria
coincide con la jornada laboral, se concederá hasta un total de quince horas (a
disfrutar de forma acumulada o fraccionada al año) o el equivalente, en su caso, a
dos jornadas de trabajo, únicamente para la participación en aquellas acciones de
voluntariado corporativo (es decir, aquellos programas gestionados y organizados
desde Fundación Telefónica). A estos efectos no se computará dentro de
las quince horas las actividades desarrolladas por las personas voluntarias el Día
Internacional del Voluntariado de Telefónica.
Asimismo, aquellas personas trabajadoras que sean designadas como
voluntarias líderes o coordinadores disfrutarán de cinco horas adicionales para el
cumplimiento de este rol. El área responsable del voluntariado corporativo
determinará la persona trabajadora que pueda desempeñar esta tarea.
p) Permiso formación. Las personas trabajadoras con, al menos, un año de
antigüedad en Fundación tienen derecho a un permiso retribuido de veinte horas
anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad de
Fundación, acumulables por un periodo de hasta cinco años. El derecho se
entenderá cumplido en todo caso cuando la persona trabajadora pueda realizar las
acciones formativas dirigidas a la obtención de la formación profesional para el
empleo en el marco de un plan de formación desarrollado por iniciativa de
Fundación o comprometido por la negociación colectiva. Sin perjuicio de lo
anterior, no podrá comprenderse en el derecho a que se refiere este apartado la
formación que deba obligatoriamente impartir Fundación a su cargo conforme a lo
previsto en otras leyes. En defecto de lo previsto en este convenio colectivo, la
concreción del modo de disfrute del permiso se fijará de mutuo acuerdo entre la
persona trabajadora y Fundación.
q) Concurrencia a pruebas de selección convocadas en Fundación. Se
concede permiso retribuido por el tiempo indispensable para asistir a las mismas y,

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