Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-9625)
Orden CNU/468/2025, de 14 de mayo, por la que se modifican los plazos de concesión de ayudas previstas en el artículo 46 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 63617

Segundo.
Conforme a lo establecido en el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar sobre las solicitudes
recibidas será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del
extracto de la nueva convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de la
posibilidad de ampliación de dicho plazo en los términos previstos en la Ley 39/2915,
de 1 de octubre.
Tercero.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
su publicación, según lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.

cve: BOE-A-2025-9625
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Madrid, 14 de mayo de 2025.–La Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades,
Diana Morant Ripoll.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X