Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Demarcación y planta judicial. (BOE-A-2025-9384)
Real Decreto 388/2025, de 13 de mayo, de adecuación de la planta judicial, por el que se transforma el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Melilla en Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 116
Miércoles 14 de mayo de 2025
Disposición final tercera.
Sec. I. Pág. 62546
Fecha de la efectividad de la transformación de juzgado.
La fecha de efectos de la transformación del juzgado a que se refiere el artículo 3
será el día 1 de julio de 2025.
Disposición final cuarta. Fecha de la efectividad de la transformación del juzgado
transformado en Sección del Tribunal de Instancia.
La fecha de efectos de la transformación del juzgado a que se refiere el artículo 3, en
la plaza número 6 de la Sección Civil y Penal del Tribunal de Instancia de Melilla, será
el 31 de diciembre de 2025 en los términos que dispone disposición transitoria primera
de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.
Disposición final quinta.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 13 de mayo de 2025.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
cve: BOE-A-2025-9384
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 116
Miércoles 14 de mayo de 2025
Disposición final tercera.
Sec. I. Pág. 62546
Fecha de la efectividad de la transformación de juzgado.
La fecha de efectos de la transformación del juzgado a que se refiere el artículo 3
será el día 1 de julio de 2025.
Disposición final cuarta. Fecha de la efectividad de la transformación del juzgado
transformado en Sección del Tribunal de Instancia.
La fecha de efectos de la transformación del juzgado a que se refiere el artículo 3, en
la plaza número 6 de la Sección Civil y Penal del Tribunal de Instancia de Melilla, será
el 31 de diciembre de 2025 en los términos que dispone disposición transitoria primera
de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.
Disposición final quinta.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 13 de mayo de 2025.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
cve: BOE-A-2025-9384
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FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
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