Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9300)
Resolución 452/38208/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 62163

Las personas interesadas que no posean el perfil lingüístico citado, deberán realizar
y superar la misma prueba de lengua inglesa que se define para la forma de ingreso
directo. Si tras realizar la prueba, no superasen la puntuación mínima, quedarán
excluidas del proceso de selección por no cumplir el requisito de nivel lingüístico.
1.2.2.1
seguridad.

Requisitos para el personal de la Armada. Habilitación personal de

Para poder solicitar las plazas ofertadas para la Armada, se deberá estar en
posesión o haber solicitado la Habilitación Personal de Seguridad en Grado reservado,
conforme a la NS/02 de la Autoridad Nacional de Seguridad, hasta la fecha de comienzo
de la primera prueba.
2.

Comprobación de requisitos durante el proceso.

Tras la admisión al proceso de selección, si en el transcurso del mismo y hasta la
fecha de presentación en el centro docente militar de formación (CDMF) de las personas
aspirantes propuestas para ingresar como alumnos y alumnas, se comprobará que
cualquiera de ellas carece o no reúne alguno de los requisitos exigidos en esta
convocatoria, el Órgano de Selección acordará su exclusión. Dicha persona perderá los
derechos de participación, quedando anuladas todas las actuaciones, así como los
derechos o expectativas derivados de su condición de aspirante o del hecho de haber
superado el proceso de selección.
Si dicha información se conociera una vez nombrados alumnos y alumnas, o durante
el desarrollo de su formación, será propuesta su baja por el Director del CDMF
correspondiente, con arreglo al procedimiento legalmente establecido.
Tanto la exclusión del proceso de selección como la baja en el CDMF y pérdida de la
condición de alumno, lo serán sin perjuicio de las posibles responsabilidades de otra
índole en las que hubiera podido incurrir la persona interesada.
Tercera. Plazo de presentación de la solicitud de admisión a los procesos de selección.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del
Estado».
Cuarta.

Aportación de documentación.

1. Para participar en los procesos de selección de esta resolución se deberá
aportar la documentación que se relaciona en esta base en los plazos que se indican. En
todo caso, la no presentación de los siguientes documentos supondrá la exclusión no
subsanable del proceso de selección:
– La solicitud de admisión señalada en el párrafo 1.1.
– El documento de liquidación de tasas señalado en el párrafo 1.2.
Solicitud de admisión. Apéndice 1.

Plazo de presentación: dentro del plazo establecido en la base tercera.
La no presentación en los plazos establecidos de la solicitud de admisión supondrá la
exclusión definitiva del proceso de selección.
1.1.1 Solicitudes de admisión con certificado electrónico: se cursarán, para los
procesos de selección en los que se desee participar, directamente sobre la página web
https://sede.defensa.gob.es/acceda (Procedimientos, Procesos Selectivos), utilizando
cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma cl@ve (DNIe/
Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente). En la citada sede electrónica,
una vez cumplimentado el formulario de solicitud y anexada la documentación requerida,

cve: BOE-A-2025-9300
Verificable en https://www.boe.es

1.1