Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9299)
Resolución 452/38207/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de Titulación de Técnico Superior, para la incorporación como militar de carrera a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y del Cuerpo de Infantería de Marina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62111
2.2 Mismo centro docente militar de formación. Las plazas no cubiertas en alguna
de las vías se acumularán según los siguientes criterios:
i) En el Ejército de Tierra: las plazas se acumularan a la otra titulación en el caso de
la ACART y ACLOG.
ii) En la Armada: se aplicarán los criterios determinados en el siguiente apartado.
iii) En el Ejército del Aire y del Espacio: las plazas que queden sin cubrir en una
especialidad se acumularán a la especialidad restante.
Las plazas se acumularán a la vía original. Si tras la aplicación de lo anterior quedaran
plazas sin cubrir, en cada código de plaza se aplicará lo especificado en el criterio 1.º
2.3 En el código de plaza determinado por los ejércitos según el siguiente orden de
prioridad:
i) En el Ejército de Tierra: las plazas que queden sin cubrir de cualquier
Especialidad Fundamental se asignarán, una a una, por el orden que se cita a
continuación: Infantería, Caballería, Artillería, Ingenieros, Transmisiones.
ii) En la Armada: las plazas que queden sin cubrir de cualquier Especialidad
Fundamental del Cuerpo General de la Armada, se asignarán hasta alcanzar los
siguientes cupos por el orden que se cita a continuación:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Comunicaciones y Sistemas de Información. Máximo ocho (8) plazas.
Sistemas. Máximo diez (10) plazas.
Armas. Máximo cinco (5) plazas.
Energía y Propulsión. Máximo once (11) plazas.
Maniobra y Navegación. Máximo cinco (5) plazas.
Alojamiento y Restauración. Máximo dos (2) plazas.
Administración. Máximo cinco (5) plazas.
iii) En el Ejército del Aire y del Espacio: las plazas que queden sin asignar de
cualquier Especialidad Fundamental, se podrán acumular, una a una sin sobrepasar los
cupos establecidos para cada una de ellas, a las plazas de las restantes especialidades
según el orden que se cita a continuación:
1. Mantenimiento Aeronáutico (MER).
2. Mantenimiento Electrónico (ELC).
3. Control Aéreo (CAE).
4. Sistemas de Información, Comunicaciones y Ciberdefensa (CYB).
5. Administración y Finanzas (AYF).
Las plazas se acumularán a la vía original. Si tras la aplicación de lo anterior
quedaran plazas sin cubrir, en cada código de plaza se aplicará lo especificado en el
criterio 2.1.
Cuarto.
Quinto.
Las personas interesadas deberán consultar la siguiente dirección electrónica:
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-de-selección-oficiales-y-suboficiales
a
efectos de mantenerse informados sobre la información general que pudiera
proporcionarse sobre cualquier aspecto de los procesos de selección por parte del
Órgano de Selección.
Madrid, 8 de mayo de 2025.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.
cve: BOE-A-2025-9299
Verificable en https://www.boe.es
El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar adoptará las disposiciones
necesarias para el desarrollo de los procesos de selección.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62111
2.2 Mismo centro docente militar de formación. Las plazas no cubiertas en alguna
de las vías se acumularán según los siguientes criterios:
i) En el Ejército de Tierra: las plazas se acumularan a la otra titulación en el caso de
la ACART y ACLOG.
ii) En la Armada: se aplicarán los criterios determinados en el siguiente apartado.
iii) En el Ejército del Aire y del Espacio: las plazas que queden sin cubrir en una
especialidad se acumularán a la especialidad restante.
Las plazas se acumularán a la vía original. Si tras la aplicación de lo anterior quedaran
plazas sin cubrir, en cada código de plaza se aplicará lo especificado en el criterio 1.º
2.3 En el código de plaza determinado por los ejércitos según el siguiente orden de
prioridad:
i) En el Ejército de Tierra: las plazas que queden sin cubrir de cualquier
Especialidad Fundamental se asignarán, una a una, por el orden que se cita a
continuación: Infantería, Caballería, Artillería, Ingenieros, Transmisiones.
ii) En la Armada: las plazas que queden sin cubrir de cualquier Especialidad
Fundamental del Cuerpo General de la Armada, se asignarán hasta alcanzar los
siguientes cupos por el orden que se cita a continuación:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Comunicaciones y Sistemas de Información. Máximo ocho (8) plazas.
Sistemas. Máximo diez (10) plazas.
Armas. Máximo cinco (5) plazas.
Energía y Propulsión. Máximo once (11) plazas.
Maniobra y Navegación. Máximo cinco (5) plazas.
Alojamiento y Restauración. Máximo dos (2) plazas.
Administración. Máximo cinco (5) plazas.
iii) En el Ejército del Aire y del Espacio: las plazas que queden sin asignar de
cualquier Especialidad Fundamental, se podrán acumular, una a una sin sobrepasar los
cupos establecidos para cada una de ellas, a las plazas de las restantes especialidades
según el orden que se cita a continuación:
1. Mantenimiento Aeronáutico (MER).
2. Mantenimiento Electrónico (ELC).
3. Control Aéreo (CAE).
4. Sistemas de Información, Comunicaciones y Ciberdefensa (CYB).
5. Administración y Finanzas (AYF).
Las plazas se acumularán a la vía original. Si tras la aplicación de lo anterior
quedaran plazas sin cubrir, en cada código de plaza se aplicará lo especificado en el
criterio 2.1.
Cuarto.
Quinto.
Las personas interesadas deberán consultar la siguiente dirección electrónica:
https://reclutamiento.defensa.gob.es/proceso-de-selección-oficiales-y-suboficiales
a
efectos de mantenerse informados sobre la información general que pudiera
proporcionarse sobre cualquier aspecto de los procesos de selección por parte del
Órgano de Selección.
Madrid, 8 de mayo de 2025.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.
cve: BOE-A-2025-9299
Verificable en https://www.boe.es
El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar adoptará las disposiciones
necesarias para el desarrollo de los procesos de selección.