Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2025-9297)
Resolución 452/38205/2025, de 8 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61990
8. Autorización paterno/tutorial para realizar las pruebas de aptitud psicofísica a las
personas aspirantes menores de edad.
9. Relación de Subdelegaciones de Defensa y Oficinas Delegadas.
10. Titulaciones universitarias requeridas para optar a las plazas del proceso de
selección, mediante la forma de ingreso directo con exigencia de titulación universitaria
previa, para la incorporación a la escala de oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
Nota: Los formularios de los apéndices 3, 4, 6 (certificado militar) y 8 se encuentran
disponibles en la siguiente dirección web: https://reclutamiento.defensa.gob.es/procesode-selección-oficiales-y-suboficiales
Bases
Primera. Sistema de selección.
El sistema de selección a emplear en los distintos procesos que se convocan será el
de concurso-oposición.
Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente
convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en los centros docentes militares
de formación de las personas propuestas como alumnos y alumnas.
Segunda.
Requisitos de las personas aspirantes.
1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, las personas
interesadas deberán reunir en las fechas indicadas y mantener hasta el momento de la
incorporación al centro docente militar de formación los siguientes requisitos:
1.1
El día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos o cumplir en el año en curso los dieciocho (18) años de edad y
no cumplir, ni haber cumplido en el año en curso, las siguientes edades máximas:
c) No estar privado de los derechos civiles.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún
procedimiento judicial por delito doloso.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los
órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con
carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
g) No haber causado baja en un centro docente militar de formación por las
razones establecidas en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
h) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas
Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades
profesionales o de condiciones psicofísicas.
i) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del
mismo nivel y características, quienes hayan causado baja en un centro docente militar
de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre.
j) En el caso de haber dado positivo en la detección de sustancias psicotrópicas o
drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido
cve: BOE-A-2025-9297
Verificable en https://www.boe.es
– Ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa: 21 años.
– Ingreso directo para adquirir la condición de militar de carrera con exigencia de
titulación universitaria previa: 27 años.
– Ingreso directo para adquirir la condición de militar de complemento: 30 años.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61990
8. Autorización paterno/tutorial para realizar las pruebas de aptitud psicofísica a las
personas aspirantes menores de edad.
9. Relación de Subdelegaciones de Defensa y Oficinas Delegadas.
10. Titulaciones universitarias requeridas para optar a las plazas del proceso de
selección, mediante la forma de ingreso directo con exigencia de titulación universitaria
previa, para la incorporación a la escala de oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
Nota: Los formularios de los apéndices 3, 4, 6 (certificado militar) y 8 se encuentran
disponibles en la siguiente dirección web: https://reclutamiento.defensa.gob.es/procesode-selección-oficiales-y-suboficiales
Bases
Primera. Sistema de selección.
El sistema de selección a emplear en los distintos procesos que se convocan será el
de concurso-oposición.
Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente
convocatoria y concluirán en la fecha de presentación en los centros docentes militares
de formación de las personas propuestas como alumnos y alumnas.
Segunda.
Requisitos de las personas aspirantes.
1. Para ser admitidos en cada uno de los procesos de selección, las personas
interesadas deberán reunir en las fechas indicadas y mantener hasta el momento de la
incorporación al centro docente militar de formación los siguientes requisitos:
1.1
El día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos o cumplir en el año en curso los dieciocho (18) años de edad y
no cumplir, ni haber cumplido en el año en curso, las siguientes edades máximas:
c) No estar privado de los derechos civiles.
d) Carecer de antecedentes penales.
e) No hallarse procesado, imputado, investigado o encausado en algún
procedimiento judicial por delito doloso.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los
órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con
carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
g) No haber causado baja en un centro docente militar de formación por las
razones establecidas en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
h) No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas
Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades
profesionales o de condiciones psicofísicas.
i) No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del
mismo nivel y características, quienes hayan causado baja en un centro docente militar
de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre.
j) En el caso de haber dado positivo en la detección de sustancias psicotrópicas o
drogas, en la analítica que en el seno de un proceso de selección anterior le hubiera sido
cve: BOE-A-2025-9297
Verificable en https://www.boe.es
– Ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa: 21 años.
– Ingreso directo para adquirir la condición de militar de carrera con exigencia de
titulación universitaria previa: 27 años.
– Ingreso directo para adquirir la condición de militar de complemento: 30 años.