Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9380)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española para la Inteligencia Artificial, para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Investigación en Inteligencia Artificial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Martes 13 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 62521

V. Que la UIMP y AEPIA coinciden en la necesidad de proceder a la firma de un
nuevo convenio que modifique algunas cuestiones del convenio firmado en 2023,
principalmente el modelo de gestión económica del mismo, y que dé continuidad al
Máster que se imparte conjuntamente.
Por ello, las partes están de acuerdo en proceder a la resolución del convenio
firmado el 3 de mayo de 2023 de forma simultánea a la firma de este nuevo convenio,
que será el que sustituya al anteriormente firmado sin solución de continuidad.
En virtud de lo expuesto, existiendo un interés común, siendo necesario establecer
las condiciones de la colaboración entre las partes, y siendo el convenio el instrumento
jurídico que la legislación contempla para formalizar dicha colaboración, ambas partes
acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y AEPIA
para el desarrollo conjunto del título oficial denominado Máster Universitario en
Investigación en Inteligencia Artificial (en adelante, el Máster).
Para llevar a cabo la programación, organización, divulgación y desarrollo del Máster,
y con el objetivo común de garantizar los niveles adecuados de excelencia académica,
solvencia organizativa y prestigio profesional, ambas instituciones colaborarán en el
orden académico, técnico, económico y logístico de acuerdo con lo que se establece en
las cláusulas siguientes.
Actuaciones a realizar por cada una de las partes. Aspectos académicos
Plan de estudios. Regulación.

La UIMP y AEPIA diseñaron el plan de estudios del Máster de conformidad con lo
establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y en el Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establecía la ordenación de las
enseñanzas universitarias oficiales (ambas normas actualmente derogadas), –
concretamente, en cuanto al diseño, en el artículo 15 del citado Real Decreto– así como
en la normativa propia de la UIMP en materia de títulos oficiales de postgrado. Las
posteriores modificaciones normativas introducidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
marzo, del Sistema Universitario y por el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre,
por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del
procedimiento de aseguramiento de su calidad, no afectan al diseño realizado. Estas
normas, junto con la normativa propia de la UIMP en cuanto a títulos oficiales de
posgrado, serán las de referencia en todo lo relativo a los aspectos académicos del
Máster.
El Máster ha sido sometido a los procedimientos necesarios de acuerdo con lo
establecido en la legislación para la obtención de la autorización para su implantación
como titulación oficial de la UIMP y en concreto a los siguientes:
– Evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de Calidad y Acreditación
(ANECA) con informe favorable de 2 de junio de 2016.
– Verificación del Consejo de Universidades con resolución de verificación positiva
en fecha 20 de julio de 2016.
– Autorización de implantación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte,
publicándose en el BOE el plan de estudios el 5 de mayo de 2017.

cve: BOE-A-2025-9380
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.