Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-9363)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica Auxiliar de Biblioteca.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62379
En el caso de aportar varias ediciones de un mismo curso o cursos de contenido
similar, únicamente se valorará uno de ellos, el que tenga más horas lectivas.
Para acreditar la realización de los cursos que se han enumerado en la relación de
cursos (anexo VI), deberá acompañarse copia de la certificación, del título o del diploma
correspondiente. Asimismo, en cada certificación, título o diploma deberá constar la
numeración asignada al mismo en el citado anexo.
No serán objeto de valoración los cursos que, habiéndose relacionado en el
anexo VI, no se hayan acreditado en la forma descrita. Sin embargo, no será necesario
acreditar documentalmente los cursos impartidos por la Universidad Carlos III de Madrid,
si bien sí que deberán estar relacionados en la relación de cursos citada.
Criterios de desempate.
En caso de igualdad en la puntuación total, se aplicarán los criterios de desempate
establecidos en la base 5.4.
ANEXO III
Cálculo de puntuación directa
La puntuación directa de la primera parte del ejercicio se calcula conforme a la
fórmula siguiente:
A − (E/3)
Siendo:
– A: número de aciertos.
– E: número de errores.
Fórmula de conversión de la puntuación directa a puntuación transformada (calificación)
El cálculo de la calificación (puntuación transformada) de las pruebas de la fase de
oposición se establece sobre la base de la puntuación directa mínima (nota de corte)
necesaria para superar el ejercicio, determinada por el Tribunal Calificador.
Reconversión de notas estableciendo nota de corte:
𝑡(𝑑) =
𝑡(𝑑) =
𝐸 𝑑
𝑥
2 𝑀
𝑠𝑖
𝐸
𝑑−𝑀
) 𝑠𝑖
𝑥 (1 +
2
𝑁− 𝑀
𝑑<𝑀
𝑑≥𝑀
t(d): Calificación (puntuación transformada) del opositor.
d: Puntuación directa del opositor.
M: Puntuación directa mínima para superar el ejercicio establecida por el Tribunal
(nota de corte).
N: Puntuación directa máxima obtenible en el ejercicio.
E: Calificación máxima obtenible en el ejercicio (puntuación transformada máxima).
cve: BOE-A-2025-9363
Verificable en https://www.boe.es
Siendo:
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 62379
En el caso de aportar varias ediciones de un mismo curso o cursos de contenido
similar, únicamente se valorará uno de ellos, el que tenga más horas lectivas.
Para acreditar la realización de los cursos que se han enumerado en la relación de
cursos (anexo VI), deberá acompañarse copia de la certificación, del título o del diploma
correspondiente. Asimismo, en cada certificación, título o diploma deberá constar la
numeración asignada al mismo en el citado anexo.
No serán objeto de valoración los cursos que, habiéndose relacionado en el
anexo VI, no se hayan acreditado en la forma descrita. Sin embargo, no será necesario
acreditar documentalmente los cursos impartidos por la Universidad Carlos III de Madrid,
si bien sí que deberán estar relacionados en la relación de cursos citada.
Criterios de desempate.
En caso de igualdad en la puntuación total, se aplicarán los criterios de desempate
establecidos en la base 5.4.
ANEXO III
Cálculo de puntuación directa
La puntuación directa de la primera parte del ejercicio se calcula conforme a la
fórmula siguiente:
A − (E/3)
Siendo:
– A: número de aciertos.
– E: número de errores.
Fórmula de conversión de la puntuación directa a puntuación transformada (calificación)
El cálculo de la calificación (puntuación transformada) de las pruebas de la fase de
oposición se establece sobre la base de la puntuación directa mínima (nota de corte)
necesaria para superar el ejercicio, determinada por el Tribunal Calificador.
Reconversión de notas estableciendo nota de corte:
𝑡(𝑑) =
𝑡(𝑑) =
𝐸 𝑑
𝑥
2 𝑀
𝑠𝑖
𝐸
𝑑−𝑀
) 𝑠𝑖
𝑥 (1 +
2
𝑁− 𝑀
𝑑<𝑀
𝑑≥𝑀
t(d): Calificación (puntuación transformada) del opositor.
d: Puntuación directa del opositor.
M: Puntuación directa mínima para superar el ejercicio establecida por el Tribunal
(nota de corte).
N: Puntuación directa máxima obtenible en el ejercicio.
E: Calificación máxima obtenible en el ejercicio (puntuación transformada máxima).
cve: BOE-A-2025-9363
Verificable en https://www.boe.es
Siendo: