Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9244)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado, en materia de intercambio de información relativa a la presentación y desarrollo de las actividades de control en las convocatorias, invitaciones y anuncios que desarrolla Red.es.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 61703

Consejo (2021/0156), que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía
española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la
reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para
responder a los retos de la próxima década. Este Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia está estructurado en torno a las cuatro transformaciones estructurales
claves de nuestro tiempo: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de
género y la cohesión social y territorial.
Así mismo, las grandes orientaciones estratégicas de la política de cohesión para el
periodo de programación 2021-2027 en España vienen recogidas en el Acuerdo de
Asociación de España 2021-2027, un acuerdo marco amplio y flexible que ofrece
cobertura a los programas diseñados en el ámbito del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), el Fondo de Transición Justa
(FTJ) y el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). En el
periodo 2021-2027 se busca avanzar hacia una política de cohesión instrumentada a
través de fondos mejor adaptados a una gestión simple y flexible, basada en una
definición de prioridades que responda a las necesidades identificadas y promueva un
desarrollo armonioso y cohesionado del territorio. Conforme al artículo 6.1 del Real
Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, compete a la
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales la política de
impulso del sector de las telecomunicaciones, de los servicios de comunicación
audiovisual, el despliegue de infraestructuras y servicios para garantizar la conectividad
de los ciudadanos y empresas e impulsar la productividad y el crecimiento económico.
II
Por su parte, la entidad pública empresarial Red.es goza de personalidad jurídica
propia, plena capacidad jurídica y de obrar y autonomía de gestión para el cumplimiento
de sus fines, encontrándose adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la
Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial.
Una de las funciones de Red.es consiste en el desarrollo y fomento de la sociedad
de la información, participando en el impulso y ejecución de las políticas diseñadas por el
Gobierno relativas a los procesos de digitalización de las pymes, puesto que entre sus
fines se encuentra la puesta en marcha de programas de difusión y extensión de las
telecomunicaciones y la sociedad de la información, incluidos los programas
cofinanciados con fondos europeos, iniciativas para fomentar el uso seguro de internet,
así como la prestación de toda clase de servicios que contribuyan al fomento y desarrollo
de la sociedad de la información.
III
El Consejo General del Notariado tiene, de acuerdo con el artículo 336 del
Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, aprobado por el Decreto de 2
de junio de 1944 (Reglamento Notarial, en adelante), la condición de Corporación de
Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad, siendo sus fines
esenciales colaborar con la Administración; mantener la organización colegial; coordinar
las funciones de los Colegios Notariales, asumiéndolas en los casos legalmente
establecidos; y ostentar la representación unitaria del Notariado español.
Conscientes de la necesidad de fortalecer la colaboración mutua y, en desarrollo de
los principios de eficacia, coordinación y cooperación propugnados en el artículo 3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es deseo de
ambas instituciones articular los mecanismos concretos que contribuyan a facilitar el
ejercicio de las respectivas funciones y competencias, dentro del marco jurídico vigente.

cve: BOE-A-2025-9244
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Núm. 114