Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Comisiones bilaterales. (BOE-A-2025-9242)
Orden TMD/453/2025, de 5 de mayo, por la que se publica el Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114
Lunes 12 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61686
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
9242
Orden TMD/453/2025, de 5 de mayo, por la que se publica el Reglamento de
la Comisión Bilateral Generalitat-Estado.
La Comisión Bilateral Generalitat-Estado, prevista en el artículo 183 del Estatuto
de Autonomía de Cataluña, reformado por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio,
constituye el marco general y permanente de relación entre los Gobiernos de la
Generalitat de Cataluña y del Estado, adoptando su reglamento interno y de funcionamiento
por acuerdo de las dos partes.
La Comisión Bilateral adoptó su reglamento interno y de funcionamiento en la
reunión celebrada el 16 de abril de 2007. Además, el 19 de julio de 2011 acordó la
modificación parcial del reglamento, así como dar publicidad al nuevo texto del reglamento.
Por otro lado, el Acuerdo de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado de supresión de
una subcomisión y varios grupos de trabajo y de modificación del Reglamento de
la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, de 24 de febrero de 2025, dispuso la
modificación del artículo 10 del Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado,
así como otras modificaciones puntuales en aras de mejorar la calidad técnica de su
redacción y actualizar los mecanismos de funcionamiento de la Comisión Bilateral. Por
ello, ordenó también aprobar y dar publicidad simultánea en los boletines oficiales
correspondientes al nuevo texto del reglamento de la Comisión Bilateral.
En virtud de lo anterior, se ordena la publicación del Reglamento de la Comisión
Bilateral Generalitat-Estado en el «Boletín Oficial del Estado», con el texto que figura
como anexo de esta orden.
Madrid, 5 de mayo de 2025.–El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática,
Ángel Víctor Torres Pérez.
ANEXO
Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado
Artículo 1.
Naturaleza.
La Comisión Bilateral Generalitat-Estado es el órgano permanente de cooperación
previsto en el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del
Estatuto de Autonomía de Cataluña, para instrumentar la colaboración mutua en el ejercicio
de las respectivas competencias, y la participación de la Generalitat de Catalunya en
aquellos supuestos previstos en el Estatuto de Autonomía de Cataluña.
1. La Comisión Bilateral se rige por las previsiones de la Ley Orgánica 6/2006,
de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y por el presente
reglamento.
2. La Comisión Bilateral podrá reformar el reglamento por acuerdo conjunto de las
dos delegaciones que la componen.
cve: BOE-A-2025-9242
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Régimen jurídico.
Núm. 114
Lunes 12 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61686
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
9242
Orden TMD/453/2025, de 5 de mayo, por la que se publica el Reglamento de
la Comisión Bilateral Generalitat-Estado.
La Comisión Bilateral Generalitat-Estado, prevista en el artículo 183 del Estatuto
de Autonomía de Cataluña, reformado por la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio,
constituye el marco general y permanente de relación entre los Gobiernos de la
Generalitat de Cataluña y del Estado, adoptando su reglamento interno y de funcionamiento
por acuerdo de las dos partes.
La Comisión Bilateral adoptó su reglamento interno y de funcionamiento en la
reunión celebrada el 16 de abril de 2007. Además, el 19 de julio de 2011 acordó la
modificación parcial del reglamento, así como dar publicidad al nuevo texto del reglamento.
Por otro lado, el Acuerdo de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado de supresión de
una subcomisión y varios grupos de trabajo y de modificación del Reglamento de
la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, de 24 de febrero de 2025, dispuso la
modificación del artículo 10 del Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado,
así como otras modificaciones puntuales en aras de mejorar la calidad técnica de su
redacción y actualizar los mecanismos de funcionamiento de la Comisión Bilateral. Por
ello, ordenó también aprobar y dar publicidad simultánea en los boletines oficiales
correspondientes al nuevo texto del reglamento de la Comisión Bilateral.
En virtud de lo anterior, se ordena la publicación del Reglamento de la Comisión
Bilateral Generalitat-Estado en el «Boletín Oficial del Estado», con el texto que figura
como anexo de esta orden.
Madrid, 5 de mayo de 2025.–El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática,
Ángel Víctor Torres Pérez.
ANEXO
Reglamento de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado
Artículo 1.
Naturaleza.
La Comisión Bilateral Generalitat-Estado es el órgano permanente de cooperación
previsto en el artículo 183 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del
Estatuto de Autonomía de Cataluña, para instrumentar la colaboración mutua en el ejercicio
de las respectivas competencias, y la participación de la Generalitat de Catalunya en
aquellos supuestos previstos en el Estatuto de Autonomía de Cataluña.
1. La Comisión Bilateral se rige por las previsiones de la Ley Orgánica 6/2006,
de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, y por el presente
reglamento.
2. La Comisión Bilateral podrá reformar el reglamento por acuerdo conjunto de las
dos delegaciones que la componen.
cve: BOE-A-2025-9242
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2. Régimen jurídico.