Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9179)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Sanidad y el Centro de Investigaciones Sociológicas, O.A., para la realización del estudio plurianual Barómetro Sanitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61358
Segundo.
Que de conformidad con el artículo 3.3 del Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, le
corresponde a la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación para el
Sistema Nacional de Salud elaborar el Informe Anual del Sistema Nacional de Salud con
un enfoque integral de la salud y su protección y desde la perspectiva de la equidad, la
calidad y la eficiencia. Del mismo modo, asume la competencia de realizar informes
periódicos de evaluación sobre la situación de salud, el funcionamiento, desempeño, y
resultados del sistema sanitario y su análisis comparativo con otros sistemas sanitarios,
incluidas las expectativas y opinión ciudadana sobre el sistema sanitario y los resultados
percibidos por los pacientes. La Secretaría General de Salud Digital, Información e
Innovación para el Sistema Nacional de Salud asume igualmente la competencia de
elaborar y gestionar el Plan Estadístico sobre la salud y el sistema sanitario para fines
estatales, así como los de interés general supracomunitario y los que se deriven de
compromisos con organizaciones supranacionales e internacionales.
Tercero.
Que el CIS es un Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes que, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 39/1995,
de 19 de diciembre, tiene entre sus funciones la realización de estudios que contribuyan
al conocimiento científico de la sociedad española y la realización de estudios que
proporcionen diagnósticos sobre situaciones y asuntos sociales y sirvan de orientación a
los poderes públicos en sus iniciativas normativas y ejecutivas, incluyendo además estos
datos en su banco de datos de disposición pública.
Por ello, el CIS está igualmente interesado en la realización de estudios de
expectativas y opinión de la ciudadanía sobre la salud y el sistema sanitario y tiene
interés en incorporar en el Barómetro Sanitario una serie de variables, comunes a otros
estudios, que contribuyan al mantenimiento del Fichero de Datos Integrados (FID),
herramienta de investigación puesta a disposición pública que permite la extracción
integrada de los microdatos de dichas variables.
Cuarto.
Que, atendiendo a lo expuesto en los párrafos anteriores, ambos organismos vienen
realizando el estudio Barómetro Sanitario desde el año 1995, estudio que posteriormente
se incorporó como operación estadística al Plan Estadístico Nacional 2005-2008 y que
se mantiene actualmente en dicho plan con el número 9762 (Real Decreto 1225/2024,
de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2025-2028),
estableciéndose que el Ministerio de Sanidad y el CIS intervienen en la elaboración de
dicha operación estadística.
Que el presente convenio se instrumenta igualmente de acuerdo con el artículo 8
de la Ley 39/1995, de 19 de diciembre, que prevé la suscripción, por parte del CIS, de
convenios de cooperación con entes y organismos públicos para la realización de
investigaciones, estudios o encuestas de carácter sociológico. Adicionalmente, su
regulación se ajusta a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que define el régimen
jurídico y los elementos esenciales de este tipo de instrumentos de colaboración
administrativa.
cve: BOE-A-2025-9179
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61358
Segundo.
Que de conformidad con el artículo 3.3 del Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, le
corresponde a la Secretaría General de Salud Digital, Información e Innovación para el
Sistema Nacional de Salud elaborar el Informe Anual del Sistema Nacional de Salud con
un enfoque integral de la salud y su protección y desde la perspectiva de la equidad, la
calidad y la eficiencia. Del mismo modo, asume la competencia de realizar informes
periódicos de evaluación sobre la situación de salud, el funcionamiento, desempeño, y
resultados del sistema sanitario y su análisis comparativo con otros sistemas sanitarios,
incluidas las expectativas y opinión ciudadana sobre el sistema sanitario y los resultados
percibidos por los pacientes. La Secretaría General de Salud Digital, Información e
Innovación para el Sistema Nacional de Salud asume igualmente la competencia de
elaborar y gestionar el Plan Estadístico sobre la salud y el sistema sanitario para fines
estatales, así como los de interés general supracomunitario y los que se deriven de
compromisos con organizaciones supranacionales e internacionales.
Tercero.
Que el CIS es un Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de la Presidencia,
Justicia y Relaciones con las Cortes que, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley 39/1995,
de 19 de diciembre, tiene entre sus funciones la realización de estudios que contribuyan
al conocimiento científico de la sociedad española y la realización de estudios que
proporcionen diagnósticos sobre situaciones y asuntos sociales y sirvan de orientación a
los poderes públicos en sus iniciativas normativas y ejecutivas, incluyendo además estos
datos en su banco de datos de disposición pública.
Por ello, el CIS está igualmente interesado en la realización de estudios de
expectativas y opinión de la ciudadanía sobre la salud y el sistema sanitario y tiene
interés en incorporar en el Barómetro Sanitario una serie de variables, comunes a otros
estudios, que contribuyan al mantenimiento del Fichero de Datos Integrados (FID),
herramienta de investigación puesta a disposición pública que permite la extracción
integrada de los microdatos de dichas variables.
Cuarto.
Que, atendiendo a lo expuesto en los párrafos anteriores, ambos organismos vienen
realizando el estudio Barómetro Sanitario desde el año 1995, estudio que posteriormente
se incorporó como operación estadística al Plan Estadístico Nacional 2005-2008 y que
se mantiene actualmente en dicho plan con el número 9762 (Real Decreto 1225/2024,
de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2025-2028),
estableciéndose que el Ministerio de Sanidad y el CIS intervienen en la elaboración de
dicha operación estadística.
Que el presente convenio se instrumenta igualmente de acuerdo con el artículo 8
de la Ley 39/1995, de 19 de diciembre, que prevé la suscripción, por parte del CIS, de
convenios de cooperación con entes y organismos públicos para la realización de
investigaciones, estudios o encuestas de carácter sociológico. Adicionalmente, su
regulación se ajusta a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que define el régimen
jurídico y los elementos esenciales de este tipo de instrumentos de colaboración
administrativa.
cve: BOE-A-2025-9179
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Quinto.