Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9173)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de la Juventud, O.A., y el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, para la realización de actividades de promoción de la memoria democrática para personas jóvenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113

Sábado 10 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 61312

En cuanto a las Jornadas Memoria y Juventud, el Ministerio de Política Territorial y
Memoria Democrática realizará una aportación de hasta 50.000 euros correspondientes
al ejercicio 2025 con cargo a la aplicación presupuestaria 22.03.925M.226.06.
Por su parte el Instituto de la Juventud O.A. para la celebración de la Ruta al Exilio se
compromete a:
– Cofinanciar el proyecto Ruta al Exilio mediante una subvención de concesión
directa de 60.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 31.101.232A.483 del
presupuesto del Instituto de la Juventud O.A. para el ejercicio 2025.
Respecto a las Jornadas de Memoria y Juventud se compromete a financiar:
– Gastos de viaje de los asistentes a las Jornadas por un importe máximo de 25.000
euros con cargo a la aplicación presupuestaria 31.101.232A.226.06.
– Gastos de merchandising, gráfica y otros elementos de difusión con un máximo
de 10.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 31.101.232A.226.06.
– Gastos técnicos asociados a la producción de las Jornadas con un máximo
de 5.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 31.101.232A.227.06.
Cuarta.

Difusión, uso de logotipos e imagen.

1. Las dos partes se comprometen a dar la máxima publicidad a este convenio.
2. Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras, al mismo
nivel de aparición en los créditos y representación.
3. Las partes consideran aconsejable aprobar conjuntamente todo el material
divulgativo y publicitario que se edite, en cualquier soporte, con ocasión del desarrollo
del presente convenio de colaboración.
4. Las partes manifiestan su voluntad de incluir los respectivos logotipos de las dos
partes y, si fuera preciso, el logotipo de otros colaboradores en todo el material
divulgativo y publicitario que se pueda editar en cualquier soporte con ocasión de las
actividades que se realicen.
5. Todos los soportes gráficos (logotipos) aportados por las partes no podrán ser
alterados ni modificados sin el previo consentimiento, ni podrán ser utilizados para fines
distintos a los establecidos en este convenio.
6. El uso de la denominación, marca y logotipo de las partes se ajustará al modelo
que cada una proporcione.
Confidencialidad y protección de datos.

1. Las actuaciones realizadas por las partes en ejecución de este convenio
respetarán en todo caso la normativa vigente en materia de protección de datos de
carácter personal conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre
circulación de datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. En el caso de que las actuaciones realizadas en el marco de este convenio
conlleven tratamientos de datos de carácter personal, cada parte será responsable del
tratamiento de los datos personales que realice y, de acuerdo con el principio de
minimización de datos, aplicará medidas técnicas y organizativas para garantizar que
sean objeto de tratamiento los datos que únicamente sean precisos para cada uno de los
fines específicos del tratamiento reduciendo la extensión del tratamiento, limitando a lo
necesario el plazo de conservación y su accesibilidad.
3. La colaboración objeto de este convenio no conllevará el acceso por las partes a
ninguna base de datos de la que sea responsable la otra parte.
4. La información que las partes obtengan recíprocamente como consecuencia de
la negociación y formalización de este convenio será tratada con carácter de

cve: BOE-A-2025-9173
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.