Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9166)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en materia de cesión de información para fines estadísticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61272
materia de cesión de información para fines estadísticos, suscrito el 29 de julio de 2021
(BOE n.º 205, de 27 de agosto de 2021), realizan la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) es
la Entidad de Derecho Público encargada, en nombre y por cuenta del Estado, de la
aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero y de aquellos recursos de
otras Administraciones y Entes Públicos nacionales o de la Unión Europea cuya gestión
se le encomiende por Ley o por convenio.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (en adelante, MISSM) es
el departamento ministerial encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de Seguridad Social y clases pasivas, así como de la elaboración y
el desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y
emigración y de políticas de inclusión. Dentro del mismo, con rango de Subsecretaría, se
encuentra la Secretaría General de Inclusión, que elabora y desarrolla la política del
Gobierno en materia de inclusión.
II
En el marco de la colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las
Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.1.k), 140,
141 y 142 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(en adelante, Ley de Régimen Jurídico del Sector Público), los representantes de ambas
partes establecieron, mediante la firma, en fecha 29 de julio de 2021, de un Convenio
entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, un marco estable y periódico de cesión de información
por parte de la Agencia Tributaria a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social (actual Secretaría General de Inclusión) para finalidades
estadísticas.
En este sentido, la cláusula cuarta del convenio, contempla la cesión por parte de la
Agencia Tributaria al MISSM de datos individualizados anonimizados sobre la renta y el
patrimonio de las personas efectiva o potencialmente beneficiarias de las prestaciones
que se deban evaluar desde la citada Secretaría General, en cumplimiento de las
funciones que tiene atribuidas por el artículo 9 del Real Decreto 501/2024, de 21 de
mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Dicho convenio fue modificado posteriormente, mediante la firma de una Adenda en
fecha 26 de enero de 2022, ampliando la cesión de información contemplada en la citada
cláusula cuarta, al incorporar, asimismo, como información a suministrar por parte de la
Agencia Tributaria al MISSM, determinados datos anonimizados de la base de datos del
Sistema Integrado de Información Universitaria, recibida del Ministerio de Universidades
(actualmente denominado Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades), necesaria
para el seguimiento y evaluación de las prestaciones.
III
De acuerdo con la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, la cláusula sexta del
convenio dispone su vigencia durante un plazo de cuatro años desde su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, si bien los
firmantes pueden acordar, antes del vencimiento del plazo, una prórroga expresa por un
período de hasta cuatro años.
cve: BOE-A-2025-9166
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113
Sábado 10 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 61272
materia de cesión de información para fines estadísticos, suscrito el 29 de julio de 2021
(BOE n.º 205, de 27 de agosto de 2021), realizan la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) es
la Entidad de Derecho Público encargada, en nombre y por cuenta del Estado, de la
aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero y de aquellos recursos de
otras Administraciones y Entes Públicos nacionales o de la Unión Europea cuya gestión
se le encomiende por Ley o por convenio.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (en adelante, MISSM) es
el departamento ministerial encargado de la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de Seguridad Social y clases pasivas, así como de la elaboración y
el desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y
emigración y de políticas de inclusión. Dentro del mismo, con rango de Subsecretaría, se
encuentra la Secretaría General de Inclusión, que elabora y desarrolla la política del
Gobierno en materia de inclusión.
II
En el marco de la colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las
Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.1.k), 140,
141 y 142 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(en adelante, Ley de Régimen Jurídico del Sector Público), los representantes de ambas
partes establecieron, mediante la firma, en fecha 29 de julio de 2021, de un Convenio
entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, un marco estable y periódico de cesión de información
por parte de la Agencia Tributaria a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social (actual Secretaría General de Inclusión) para finalidades
estadísticas.
En este sentido, la cláusula cuarta del convenio, contempla la cesión por parte de la
Agencia Tributaria al MISSM de datos individualizados anonimizados sobre la renta y el
patrimonio de las personas efectiva o potencialmente beneficiarias de las prestaciones
que se deban evaluar desde la citada Secretaría General, en cumplimiento de las
funciones que tiene atribuidas por el artículo 9 del Real Decreto 501/2024, de 21 de
mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de
diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Dicho convenio fue modificado posteriormente, mediante la firma de una Adenda en
fecha 26 de enero de 2022, ampliando la cesión de información contemplada en la citada
cláusula cuarta, al incorporar, asimismo, como información a suministrar por parte de la
Agencia Tributaria al MISSM, determinados datos anonimizados de la base de datos del
Sistema Integrado de Información Universitaria, recibida del Ministerio de Universidades
(actualmente denominado Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades), necesaria
para el seguimiento y evaluación de las prestaciones.
III
De acuerdo con la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, la cláusula sexta del
convenio dispone su vigencia durante un plazo de cuatro años desde su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, si bien los
firmantes pueden acordar, antes del vencimiento del plazo, una prórroga expresa por un
período de hasta cuatro años.
cve: BOE-A-2025-9166
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113